La Justicia despeja la construcción de 500 pisos en la Expo al negar la reversión de los suelos

Da la razón a la DGA y extingue el derecho de retracto a los antiguos propietarios que se opusieron.
Sentencia que el plazo está caducado y enmienda la tesis defendida por el Ayuntamiento de Zaragoza.

Recreación de los dos pabellones reconvertidos en pisos
Recreación de dos de los cuatros pabellones de la Expo reconvertidos en pisos para jóvenes. 
Expo Zaragoza Empresarial

El Gobierno de Aragón ya tiene vía libre para la construcción de 500 pisos de alquiler para jóvenes en la Expo tras haberle dado la razón la Justicia y negar el derecho de reversión de los suelos a los antiguos propietarios. Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Zaragoza concluye que el plazo legal de hasta diez años para ejercerlo está más que caducado y no cabría ni aún en el caso de cambiar el uso para admitir el residencial.

Esto supone un varapalo para el Ayuntamiento de Zaragoza, que rechaza la operación hasta el punto de haber sostenido en un informe a finales del año pasado que los antiguos dueños podrían ejercitar el retracto recogido en el acuerdo de compraventa si se llegaban a levantar pisos.

El fallo, emitido en junio y que es firme al no haberse recurrido, da la razón a la sociedad pública Zaragoza Expo Empresarial y declara extinguido "por caducidad" el derecho de retracto y levanta la carga registral que pesaba sobre una de las fincas de Ranillas desde la compraventa firmada en 2004. Parte de la propiedad desistió, pero uno de los codemandados de la misma familia decidió sin éxito seguir adelante.

Antes de entrar en el fondo, el titular del Juzgado de Primera Instancia número 17 de Zaragoza, José Julián Nieto, recuerda las "numerosas resoluciones" a favor de la sociedad pública, aunque sean por allanamiento, sobre la extinción del derecho de reversión. El objetivo de la DGAes levantar las cargas registrales que pesan sobre los suelos de la Expo.

De esta forma, pretende blindarse ante cualquier expropietario de los suelos que hipotéticamente pudiera ejercer el derecho de reversión. No obstante, sostiene que los 500 pisos para jóvenes con servicios comunes son una residencia, un uso compatible con la actual calificación del suelo.

La cláusula pactada hace ahora 18 años era muy clara y establecía el derecho por parte de los vendedores y sus descendientes de recuperar los terrenos "si en el futuro se permitiera total o parcialmente un uso residencial; es decir, de construcción o edificación de viviendas, individuales, colectivas o de cualquier otra naturaleza". Además, se estableció que podría ejercitarse en el plazo de cuatro años contados "desde que el Plan General de Ordenación Urbana o cualquier norma futura" permitiera destinar los terrenos a uso residencial.

En la sentencia se indica que el derecho de retracto es "esencialmente temporal" y que, salvo pacto expreso, durará cuatro años desde la fecha del contrato y, como mucho, llegaría a los diez, según establece el Código Civil que lo regula.

El juez recoge la jurisprudencia del Supremo para apuntalar que el Derecho "ha desconfiado tradicionalmente de las llamadas obligaciones perpetuas" y que la Dirección General de Registros se ha pronunciado en numerosas ocasiones en la misma línea, "abogando por la fijación de plazos" para que las condiciones suspensivas "se hayan de considerar cumplidas o no cumplidas".

Por ello, concluye que el pacto alcanzado con los propietarios de los suelos de la Expo "no se adecúa a la norma" y que el plazo establecido está sujeto a una "notoria incertidumbre": un eventual y futuro plan urbanístico o cualquier otra norma que permita el uso residencial en Ranillas. "Como se preconiza en la demanda, se produce la vinculación mucho más allá del plazo de diez años que la ley prevé como duración máxima y que a día de la presentación de la demanda ya se había rebasado", recoge antes de estimar la demanda de Expo Empresarial y declarar "la extinción, por caducidad, del derecho de retracto".

Desde la DGA evidenciaron que esta sentencia constituye un antecedente favorable de cara a otras posibles oposiciones a las demandas para extinguir los derechos de reversión. De hecho, había dos más y una de ellas ya se ha resuelto igualmente a su favor a finales de julio. La tercera, en la que los antiguos propietarios serán defendidos por un abogado de oficio, los argumentos son semejantes a los de la contestación a la primera demanda sobre la que la Expo ha logrado el fallo favorable.

Fuentes oficiales de la DGA explicaron que había un total de 69 propietarios a los que se adquirió el suelo de la Expo, por lo que es necesario interponer 69 demandas. Hasta este miércoles se habían interpuesto 29 y otras 19 están en preparación, con la documentación ya completada, por lo que se registrarán "en los próximos días". Las restantes quedarán para septiembre, de forma que se culminará un proceso iniciado hace dos años para levantar las cargas registrales ante los requerimientos de la Abogacía del Estado a la hora de adquirir oficinas para varios organismos. Y lo mismo ocurrió con unas plazas de garaje para la Policía Nacional, dado que se aducía que al ser sector público no se podían comprar propiedades condicionadas.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión