Requisitos para acceder a las ayudas del Gobierno de Aragón para la rehabilitación de viviendas 

El Gobierno de Aragón lanzará este jueves una línea de subvenciones para mejorar de la eficiencia energética que cubrirá hasta el 80% del coste.

Fachadas de varias viviendas en Zaragoza
Fachadas de varias viviendas en Zaragoza.
Guillermo Mestre

El Gobierno de Aragón ha anunciado este lunes una línea de subvención para la rehabilitación de viviendas enmarcadas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que con una dotación 17,46 millones de euros busca mejorar la eficiencia energética de las viviendas y edificios en el territorio aragonés a través de tres programas distintos.

El primer programa ayudará a las actuaciones realizadas a nivel edificios de tipología residencia colectica y viviendas unifamiliares, el segundo se dedicará a viviendas particulares y el tercero ayudará en la redacción de proyectos técnicos para la rehabilitación. Pero, ¿quiénes pueden optar a estas tres ayudas?

Podrán ser beneficiarios de los tres programas los propietarios y usufructuarios de los edificios y viviendas, así como las administraciones públicas, organismos o entidades de derecho público, como empresas públicas y sociedades mercantiles con participación pública. 

También podrán optar al programa de rehabilitación de edificios y elaboración de libros las comunidades de propietarios o las agrupaciones de propiedad horizontal, así como las agrupaciones de copropietarios sin título constitutivo de propiedad horizontal. Por otro lado, podrán solicitarlas las sociedades cooperativas que estén formadas por copropietarios o agrupaciones de propiedad horizontal, así como aquellas que hayan cedido su uso. 

Por último, también podrán solicitar la ayuda de rehabilitación de edificios las empresas arrendatarias o concesionarias y las cooperativas que pueden acreditar con un contrato vigente dicha condición, además este acuerdo debe permitir realizar las obras para las que se solicita la ayuda.

Requisitos para solicitar las ayudas

Para recibir estas subvenciones será necesario además cumplir una serie de requisitos. En primer lugar, el edificio o vivienda para los que se solicite la ayuda deberán estar situados en Aragón

Será necesario también que los edificios residenciales colectivos estén construidos al menos la mitad de su superficie al raso, sin contar las plantas bajas e inferiores. Por otro lado, se deberá tener el sí de la comunidad o de la agrupación de propietarios, a no ser que éste sea único. 

Cuando se presente la solicitud deberá ir acompañada de un proyecto o una memoria que justifique la adecuación a la normativa de aplicación. Estos a su vez deberán incluir un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición, y  los diseños de los edificios y técnicas que apoyarán la circularidad. Además, se deberá retirar del edificio, o al menos del espacio donde se llevará a cabo la actuación, los productos de contengan amianto.

Para aquellos que opten a las ayudas de rehabilitación a nivel edificio (P3), además deberán disponer del Libro de edifico existente para la rehabilitación con los datos que se establecen en el Anexo I del Real Decreto 853/2021.

En el caso de solicitar financiación para mejorar la eficiencia energética de viviendas (P4), ésta deberá ser un domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios, en el momentos en el que se realice la solicitud.

Además, aquellos edificios que soliciten la ayuda para realizar el Libro de rehabilitación deberán estar finalizados antes del año 2000.

Presentación de solicitudes

En cuanto a la presentación de solicitudes, éstas deberán ser depositadas en la web del Gobierno de Aragón en el modelo normalizado correspondiente a la ayuda que se solicita. El plazo para la ayuda al programa de rehabilitación a nivel edificio comienza el 13 de septiembre y finalizará el 1 del mismo mes del año siguiente.

En el caso, de solicitar ayuda para la mejora energética de vivienda o la realización de Libro de rehabilitación, comenzará el próximo 25 de julio, hasta también el 1 de septiembre de 2023.

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