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Archivan una denuncia sobre el accidente del Yak porque los querellantes no son familia de los muertos

Considera que "no son perjudicados" por el supuesto delito de prevaricación del que acusan al exministro Federico Truillo y al juez togado militar 32 de Zaragoza por dictar licencias de enterramiento o incineración sin estar capacitados. Se presentó en diciembre de 2021.    

El accidente del Yak-42 en Turquía, el 26 de mayo de 2003.
El accidente del Yak-42 en Turquía, que ocurriío el 26 de mayo de 2003, provocó que 30 de loos 62 los cadáveres fueran trasladados sin identicficar.
Efe

La titular del Juzgado de Instrucción 19 de Madrid, Inmaculada Iglesias Sánchez, ha decidido archivar parte de la denuncia presentada en diciembre de 2021 por la asociación Acodap (Asociación contra la Corrupción y el Defensa de la Acción Popular) y el exmagistrado Fernando Presencia por el accidente del Yak contra el exministro de Defensa, Federico Trillo, y el que fuera titular del Juzgado Togado Militar 32 de Zaragoza en 2003.

Los denunciantes los acusaban de falsedad en documento público, tráfico de influencias y prevaricación por la catástrofe en la que murieron 62 militares españoles en Turquía al caer el avión Yak-42 en el que viajaban tras participar en una misión en Afganistán. En el medio año trascurrido no se ha practicado ninguna actuación en la causa, y el primer movimiento ha sido este archivo parcial, que puede suponer el final de la misma. Tampoco se ha tomado ninguna declaración, ni al titular del Juzgado Togado Militar 32 de Zaragoza ni al exministro Trillo.

La juez ha decidido que los denunciantes  "no tienen la condición de ofendidos o perjudicados por el delito al no ser titulares del bien jurídico protegido por la norma penal que ha sido lesionada o puesta en peligro”. Agrega que los denunciantes deberían ser familiares de las víctimas del Yak para haber sufrido “un perjuicio o daño directo patrimonial o moral” por la comisión de un hecho delictivo. Al no existir esa relación, “no cabe atribuirles la condición de parte”.

La decisión de la jueza, que se notificó el pasado 1 de junio, ha sido apelada por Fernando Presencia y la Acodap al considerar que dicha resolución es nula de pleno derecho y totalmente legales para interponerla como caso de corrupción y manifestación del derecho fundamental a la libertad de expresión y de información.

En el recurso, también recuerdan que la Comisión Europea se ha dirigido recientemente a España para recordarle una directiva de la UE sobre la Protección de los Denunciantes, que supone potenciar los derechos de los particulares, para que permita personarse a los denunciantes en el caso del Yak. Agregan que una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE recuerda que “la omisión de sus deberes comunitarios por parte del Estado español no puede perjudicar al denunciante de corrupción, porque le deja en situación de indefensión y vulnera sus derechos fundamentales”.

Consulta previa al Consejo General del Poder Judicial

Este caso comenzó con una presentación de un formulario de atención ciudadana al Consejo General del Poder Judicial por parte de Juan Manuel Molina Valdés, comandante jubilado de artillería, investigador militar operativo y colaborador de Acodap.

Este oficial detalló a HERALDO que la jueza civil no ha tomado ninguna decisión en los seis meses trascurridos tras admitir la denuncia sobre la declaración de los denunciados y sobre el archivo sobre los denunciantes. 

La juez de Madrid ha dejado dormir la causa durante medio año, sin tomar ninguna diligencia ni declaración, para acabar archivándola. A pesar de que el juez militar de Zaragoza entregó indebidamente los muertos a los familiares”, recalcó Juan Manuel Molina.

En la denuncia interpuesta, el oficial precisó que Trillo “echó mano de la justicia militar” de Zaragoza al ver que un juez militar de Torrejón (a donde llegaron los restos de Turquía en un avión Hércules) negó ser competente sobre el asunto.

“En lugar de acudir a la Audiencia Nacional, fue el titular del Juzgado Togado Militar Territorial número 32 quien, desde Zaragoza y sin más apoyo que los falsos certificados de defunción de Navarro (el general que fue condenado porque 30 de los 62 muertos no habían sido identificados al salir de Turquía y así fueron enterrados en España) dictó las licencias de enterramiento o incineración. Y evitó el escándalo”, precisa el comandante.

Por ese motivo, un informe del Consejo General del Poder Judicial señaló que lo que denunció Molina “se circunscribe básicamente al ámbito de un presunto ilícito penal cometido por el Juez Togado Militar Territorial número 32 (y por Trillo) al no ser competente y haber emitido informe o acta falsa (licencias de enterramiento o incineración) en el transcurso de la recepción de los restos”.

El Consejo del Poder Judicial considera que los hechos de la denuncia “no fueron objeto por la sentencia del número 40/2009 de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, de manera que, a día de hoy, su veracidad está sin contrastar”. Esta decisión llevó a la asociación Acodap a presentar la denuncia contra Federico Trillo y el titular del Juzgado Togado Militar Territorial número 32 acusándoles de un delito de falsedad en documento privado, en concurso con un delito de prevaricación y tráfico de influencias. 

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