ley de eutanasia

La ley de eutanasia entra hoy en vigor y el proceso para poder acogerse a ella durará 38 días

La DGA establece los mecanismos para su aplicación y crea la Comisión de Garantía y Evaluación para analizar los casos. El registro de profesionales sanitarios objetores, pendiente.

'Reflexiones sobre la eutanasia'

Aragón ha establecido ya los mecanismos para la aplicación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, que entra en vigor este viernes, y que asegura la prestación a los ciudadanos que quieran acogerse a ella, incluida en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud y de financiación pública. Las personas mayores de edad con una enfermedad grave e incurable o una patología crónica e imposibilitante pueden solicitar la aplicación de la eutanasia, que se aplicaría tras unas revisiones médicas que durarán unos 38 días. La Comunidad ha constituido la Comisión de Garantía y Evaluación del Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir, integrada por médicos, enfermeros y juristas, y que se encargan de verificar que los pacientes cumplen los requisitos clínicos y jurídicos.

Si el paciente cumple las condiciones fijadas en la ley, podrá recibir la eutanasia unas cinco semanas después de solicitarla, tras un proceso en el que será informado de las distintas alternativas y de los cuidados paliativos disponibles. El director general de Transformación Digital, Innovación y Derechos de los Usuarios del Departamento de Sanidad, Juan Coll, y la jefa del servicio de Garantías y presidenta de la de Comisión de Garantía y Evaluación del Derecho a la Prestación de Ayuda para Morir, Concha Revilla, detallaron este jueves los detalles de esta ley. El primer requisito es ser español o acreditar la residencia legal y ser mayor de edad. La podrán solicitar quienes sufren una enfermedad grave e incurable o quienes padecen patologías graves crónicas, imposibilitantes, o que tengan muy limitada su autonomía. "Es una ley muy garantista –aseguró Coll– porque se asegura que el proceso cumple con todos los requerimientos legales y clínicos", ya que se definen las pautas y las valoraciones de un médico responsable, un médico consultor y, en última instancia, de la Comisión de Garantía y Evaluación, un grupo deliberativo y multidisciplinar que se ha constituido formalmente esta semana, con naturaleza de órgano administrativo, y que está compuesto por los siguientes miembros: un presidente, en concreto la jefa de servicio de Garantías de los Usuarios; un vicepresidente y un secretario; tres vocales facultativos médicos; tres vocales juristas; y un vocal, profesional de Enfermería. Queda pendiente la creación del registro de objeción de conciencia para los profesionales sanitarios y farmacéuticos, que podrá estar disponible a partir de otoño. Por el momento, pueden remitir un formulario para ejercer ese derecho, por lo que no impide ejercer desde hoy la ley.

Es una decisión autónoma del paciente, resumió Revilla, y debe ser libre e informada. Se realiza ante un médico responsable (u otro profesional sanitario, que se lo hace llegar), y en este momento se inician los plazos. En caso de que el enfermo esté incapacitado, previamente habrá tenido que dejar constancia en las voluntades anticipadas. La Dirección General de Transformación Digital, Innovación y Derechos de los Usuarios está ultimando un nuevo modelo de documento, en el que se dejará constancia de su voluntad de acogerse a esta prestación en un documento de voluntades anticipadas.

La comisión será la responsable de verificar en el plazo máximo de dos meses si la prestación de ayuda para morir se ha realizado de acuerdo con los procedimientos previstos en la ley.

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