"El documento de últimas voluntades es de acceso público y de obligado cumplimiento"

Aragón tiene activos 8.328 registros de voluntades anticipadas. En 2017, se incrementaron un 22%. El doctor Emilio González, presidente de la Sociedad Aragonesa de Cuidados Paliativos (Curisar), informa de cómo actúa la comunidad médica ante estos casos.

Los enfermos aragoneses prefieren morir en casa
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"Lo primero es no hacer daño", reivindica en un escrito de denuncia publicado por la prensa canaria Aridani González Padrón. El angustioso fallecimiento de su madre, quien paradójicamente era la máxima responsable en Canarias del registro de manifiestos de Últimas Voluntades (un testamento vital para evitar morir con dolor), ha reabierto el debate acerca de una muerte digna, y no son pocos los expertos en Aragón que califican este caso de “excepcional”, pues la norma general –dicen– es cumplir con el deseo expreso del paciente, como defiende el doctor Emilio González, presidente de la Sociedad Aragonesa de Cuidados Paliativos (Curisar).

A juicio de este profesional médico, contar con un documento registrado de últimas voluntades permite que no se adopten decisiones médicas o terapéuticas que puedan “prolongar innecesariamente” la vida de un paciente. En los últimos años, desde la entrada en vigor de la Ley de Muerte Digna -en cuya aplicación la Comunidad fue pionera-, el registro del Gobierno de Aragón ha experimentado un incremento "significativo" del número de solicitudes.

En la actualidad, según datos del departamento de Sanidad, la Comunidad tiene activos 8.328 registros y solamente en el último año se incrementaron un 22%, realizándose 946 testamentos vitales frente a los 773 del año anterior.

"Un paciente puede tener un documento de voluntades anticipadas en papel, cumplimentado siguiendo el modelo del Gobierno de Aragón, o con ayuda de un notario. Si ese documento está registrado, aparece en la historia clínica de cada paciente, y cuando ingresa en un hospital al equipo médico que lo atiende le salta una 'alarma'", detalla este especialista, quien subraya que lo "habitual" y lo "normal" en estos casos es cumplir con el deseo expreso del paciente que ejerce por medio de este documento su "derecho".

"Si está registrado ese documento es de acceso público y de obligado cumplimiento. Lo que ha ocurrido en Canarias -en alusión a un posible caso de 'negligencia' médica- es excepcional; y estamos expectantes a ver qué pasa porque es el primero que oigo de incumplimiento de voluntades anticipadas, además en un hospital que ha sido pionero en atención paliativa", dice sorprendido este médico.

"Hay que hacerlo con tiempo, con conciencia y con capacidad"

Una de las instrucciones más convencionales que se recogen en este documento es el deseo de que "no se adopten decisiones médicas o terapéuticas que puedan prolongar innecesariamente" la vida de una persona en situación de "daño irreversible". Así pues, según señala este doctor, quienes más lo solicitan son pacientes neurológicos con enfermedades como la ELA o la esclerosis múltiple. "En su mayoría -añade- pacientes de largo recorrido con enfermedades incapacitantes, con un pronóstico de vida corto, pero que a largo plazo saben que su vida va a terminar condenada a un respirador o sin poder mover una extremidad", describe González, quien ante determinadas patologías asegura que la asociación de cuidados paliativos Curisar promueve este documento, además de asesorar y brindar información útil para el paciente en hospitales y centros de salud.

La decisión -coinciden los expertos- no es fácil de tomar ni de transmitir muchas veces por escrito. Por eso, Dámaso Cruz, decano del Colegio Notarial de Aragón, indica que cada vez son más los que recurren a un notario para dejar por escrito estas voluntades que atañen a la praxis médica. El coste de este documento -dependiendo del número de folios que tenga- oscila entre los 30 y los 40 euros.

"Desde Curisar pensamos que es algo que hay que hacer con tiempo y con calma, sobre todo en enfermedades que tienen más largo recorrido y que van a acabar en una situación de total dependencia, necesitando medios externos para vivir. La experiencia nos dice que son precisamente estas personas las que más concienciación tienen y las que más realizan este documento", puntualiza el doctor González, quien aconseja a la hora de hacerlo tener un testigo que no sea familia directa, para evitar que la voluntad de uno mismo se vea condicionada o entre en conflicto con el deseo de alguien tan cercano.

Dámaso, por su parte, hace también hincapié en la cuestión reflexiva, y confiesa que, a su juicio, no se lo autorizaría por ejemplo a una persona enferma de alzhéimer. "El documento tiene que hacerse cuando uno tiene capacidad plena de decisión, conciencia y voluntad", puntualiza.

Además de ante notario, dicho documento se puede solicitar también en cualquier centro de salud u hospital de referencia de Aragón; y una vez cumplimentado -es necesaria la presencia de dos testigos mayores de edad-, queda registrado y se incorpora al historial clínico de cada paciente, quedando así a disposición y consulta de los profesionales sanitarios de cualquier comunidad autónoma.

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