entrevista 

Carmen Bayod: "El Derecho civil aragonés puede ser aplicado a propios y extraños"

La catedrática Carmen Bayod (Zaragoza, 1964) ha coordinado el Manual de Derecho Aragonés que acaban de publicar el Justicia y la Fundación Ibercaja

Carmen Bayod, en la entrada de la Facultad de Derecho de Zaragoza.
Carmen Bayod, en la entrada de la Facultad de Derecho de Zaragoza.
José Miguel Marco

¿Ha sido complicado editar el Manual del Derecho Civil Aragonés en medio de la pandemia?

Como buenos aragoneses, cada debilidad tiene que ser una fortaleza. La pandemia ha servido para una mayor concentración. En el año 2006 hicimos el primer manual, que dirigió mi maestro, Jesús Delgado Echeverría. Tuvo cuatro ediciones hasta 2012. Hubo ciertas modificaciones legislativas y teníamos que ponerlo al día. El Manual cambia de nombre y de perspectiva. Está editado por el Justicia con la colaboración de Ibercaja y ha sido coordinado por el profesor Serrano y por mí. Han participado con los miembros del Grupo IDDA: Jesús Delgado, Elena Bellod, José Luis Argudo, Miguel Lacruz y Aurora López y el fiscal Antonio García Gómez. Está dirigido a los estudiantes y a los operadores jurídicos.

¿Qué trascendencia tiene el Derecho civil aragonés en la actualidad?

Viene de antiguo, pero ha evolucionado y es el derecho del siglo XXI para los aragoneses presentes y futuros. El Derecho civil es el derecho de lo cotidiano, afecta a nuestra vida diaria: desde comprar el HERALDO a regañar a un hijo o darle de comer. Estamos regulando la vida privada de los aragoneses con el principio fundamental de la autonomía de la voluntad o ‘standum est chartae’. Un aragonés puede hacer lo que quiera, siempre que no vaya contra la Constitución, sea imposible o contradiga una ley imperativa.

¿Por qué se reformó la custodia compartida preferente?

La podía decidir el juez sin acuerdo de los padres, pero siempre en interés del menor. En HERALDO publiqué mi opinión. Me pareció un avance que la ley tomara como punto de partida la preferencia en materia de custodia, pero el legislador no lo valoró así, y creo que no hay más que decir.

¿El menor aragonés, con 14 años, tiene una regulación más favorable que en otras comunidades?

Cuando mi hijo cumplió 14 años le leí la regulación. A partir de ese momento deja de tener un representante legal y puede intervenir en el tráfico jurídico con la asistencia de uno cualquiera de sus padres en ejercicio de la autoridad familiar; padres a los que debe respeto y obediencia hasta la emancipación, ya que sigue sujeto a la autoridad de los mismos. Ello entraña responsabilidad para el menor que está en ‘aprendizaje’ de mayor, y le ensaña que todo derecho conlleva también obligación.

¿Saben los aragoneses emigrantes que podrían perder su vecindad?

No se conoce mucho que a los diez años, si no se hace una manifestación expresa, los emigrantes pueden perder la vecindad aragonesa. He recibido consultas, sobre todo desde Cataluña, de aragoneses que quieren mantener su condición.

¿El Gobierno de Aragón debería fomentar que no se pierda la vecindad?

El Gobierno de Aragón no tiene competencia para regular la vecindad civil, pero incluso se dirigió a las Cortes para mejorar esta regulación, si bien la propuesta no llegó a buen puerto. Lo importante es divulgar estas cuestiones: la existencia de un Derecho civil propio y la reglas de aplicación, que no son de nuestra competencia y cada vez menos también de las Cortes.

¿A quién le compete ahora?

Es cada vez más importante tenerlo en cuenta en materia de las sucesiones y régimen económico matrimonial. La reglamentación europea en materia de la ley aplicable cambió de criterio. Abandonó el estatuto personal (nacionalidad/vecindad) y se sustituyó por el real (domicilio). Puede aplicarse el Derecho aragonés a un francés domiciliado en Aragón, pero también puede ocurrir que a un aragonés domiciliado en Francia no se le aplique el Código aragonés, si no lo pide expresamente. Nuestro Derecho foral juega en la Champions y es un Derecho europeo que puede ser aplicable a propios y extraños.

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