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Condenado a 26 años por intentar matar a su expareja quemando su casa en Torrero

La mujer sufrió graves quemaduras al intentar salvar a sus hijos, de 9 y 5 años. El pequeño fue rescatado in extremis por dos agentes de la Policía Local de Zaragoza.

El incendio ocurrió en una vivienda de la calle de Francisco Izquierdo, en el barrio de Torrero.
El incendio ocurrió en una vivienda de la calle de Francisco Izquierdo, en el barrio de Torrero.
Toni Galán

Sobre las cuatro de la madrugada del 22 de agosto de 2017, cuando todo el mundo dormía, Manuel Ortiz López se acercó al domicilio de su expareja en el barrio de Torrero de Zaragoza y aprovechando que la ventana del salón que da a la calle había quedado entreabierta prendió fuego a las cortinas. Lo hizo con el claro propósito de acabar con la vida de quien había sido su pareja durante dos años, pero consciente de que dentro de la vivienda había más personas: el nuevo compañero sentimental de su ex y los dos hijos de esta, de 9 y 5 años. La pareja y el mayor de los niños sortearon el humo y las llamas y lograron ponerse a salvo, pero el hijo pequeño quedó atrapado y de no ser por la intervención de dos policías locales habría muerto.

Con este relato de hechos probados, la Audiencia Provincial de Zaragoza acaba de condenar al acusado a 26 años y medio de prisión como autor de un delito de incendio en concurso medial con otro de homicidio en grado de tentativa, tres delitos de lesiones y otro de quebrantamiento de medida cautelar (por saltarse la orden de alejamiento). Además de su expareja y los dos niños, precisaron de asistencia hospitalaria otros seis vecinos del número 21 de la calle de Francisco Izquierdo, por lo que el condenado deberá hacer frente también a indemnizaciones que suman 143.808 euros.

El tribunal de la Sección Primera admite que no cuenta con ninguna prueba directa de la autoría, «pues nadie lo vio causando el incendio, como por otra parte es normal, dada la hora en que se produjeron los hechos». Sin embargo, no tiene ninguna duda de que el fuego fue planificado y entiende que todas las evidencias e indicios conforman una «prueba plena» que señala como autor a Manuel Ortiz López. De ahí que le imponga una pena de cárcel que supera la de algunos asesinatos.

"La he quemado viva"

Para empezar, como principal evidencia, los magistrados cuentan con la confesión expresa de los hechos que el encausado hizo a través de los numerosos wasaps que envió a su entorno más próximo nada más provocar el fuego. Una de las destinatarias de aquellos mensajes telefónicos fue su cuñada, a la que escribió: «La he quemado viva», «borra lo que te escribo». Nervioso y con la ansiedad propia de quien está «convencido» de haber matado a una persona, el acusado no acertó a redactar bien algunas palabras. Pero el resto de mensajes fueron también reveladores: «He ido y le he echado bolas encendidas»; «quería matarla, te lo juro, no me duele nada»; «he liado una que no veas»; «todo el bloque desalojado».

Durante su declaración en el juicio –que debido a las medidas de seguridad del estado de alarma se celebró sin público ni prensa–, el procesado trató de justificar el envío de aquellos wasaps alegando que estaba «colocado» y los escribió solo para «fanfarronear». Es más, dijo que la tarde anterior fue «a pillar» (droga) a una plaza próxima al lugar de los hechos, pero ni siquiera se acercó a la casa. Los magistrados desmontan sus excusas y recuerdan que Manuel Ortiz López ya se contradijo en comisaría cuando aseguró que la noche del incendio no salió de su domicilio, ya que se tomó una medicación y se quedó dormido hasta las 9.00 del día siguiente. De haber sido así, le hubiera resultado imposible enviar los mensajes.

El tribunal habla también en su sentencia de la «evidente y severa animadversión» que Manuel Ortiz López tenía hacia su expareja, con la que no llegó nunca a convivir. La misma quedó corroborada no solo por el testimonio «plenamente coherente y persistente» de la víctima, sino también por los de varios testigos, como la mujer que presenció la supuesta agresión que el 16 de mayo sufrió la denunciante en un bar y que dio lugar a la medida de alejamiento.

La acusación particular, a cargo de la letrada Laura Vela, pedía que se aplicara al acusado la agravante de género respecto a las lesiones que sufrió la madre de los niños al intentar rescatarlos: quemaduras en manos y cara de las que tardó 147 días en curar. Y el tribunal también lo aprecia.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del TSJA.

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