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TSJA anula el listado de especies cinegéticas del Plan de Caza de Aragón

Responde así a una demanda de Ecologistas en Acción y dice que se incumplen las normativas europeas que velan por las especies en declive.

Los titulares de los cotos tienen ahora la obligación de dar caza a los conejos con el fin de minimizar los daños que causan en los cultivos. heraldo
Un cazador dispara en el monte.
Heraldo.es

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha anulado parcialmente el Plan de Caza de Aragón 2015-2016, en una sentencia en la que anula el listado de especies cinegéticas por no incorporar estudios científicos previos que avalen la situación de la especie y su posible declive.

La Sección 1 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA responde así a la demanda interpuesta por las asociaciones conservacionistas Ecologistas en Acción y SEO/Birdlife contra el Departamento de Desarrollo y Sostenibilidad del Gobierno regional y la Federación Aragonesa de Caza, como codemandada, informan ambas organizaciones en un comunicado.

La resolución judicial anula los artículos 1 y 6 de dicho Plan de Caza, referentes, respectivamente, a las especies susceptibles de ser abatidas, esencialmente aves, y los periodos hábiles de caza, ya que al ser anulado el listado no se pueden establecer franjas temporales para la caza.

Además, los magistrados anulan la disposición transitoria tercera del Plan, por el que el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (Inaga) autoriza desde entonces el control de especies en base a una normativa provisional de 2007 que, según los ecologistas, entra en contradicción con otras normas de mayor rango en materia de caza.

Los ecologistas se refieren en su demanda a esta disposición como una "maniobra normativa" para autorizar en Aragón la captura de especies por procedimientos no homologados y no selectivos (trampas o cepos) que afectan a especies diferentes a las autorizadas así como sin las garantías de bienestar animal establecidas jurídicamente.

La demanda, defendida por el letrado oscense Pablo Malo, se sostiene en un informe pericial de SEO/Birdlife que, según las fuentes citadas, denuncia que en Aragón se consideran especies cinegéticas muchas especies cuyas poblaciones presentan una "importante tendencia negativa".

Una situación, en opinión de estas fuentes, en la que se encuentran la perdiz roja, la paloma bravía, la grajilla, la codorniz común, la urraca y el zorzal charla.

El informe aportado destaca, además que algunas de estas especies se cazan en la Comunidad aragonesa en periodos "no permitidos a nivel europeo, como hacerlo coincidiendo con su ciclo reproductor".

El TSJA, que se apoya en sentencias de contenido similar procedentes del Tribunal Superior de Castilla y León, advierte en su resolución que "es preciso conocer con carácter previo si el ejercicio de la caza de estas especies no altera el equilibrio de las mismas, y se ha de saber con anterioridad al periodo para el que se ha dictado la orden, precisamente por la vulnerabilidad y estado de las mismas, que cambian cada temporada".

En opinión de las organizaciones demandantes, que consideran la sentencia un "severo correctivo" al Gobierno de Aragón en materia de caza, la resolución evidencia el "incumplimiento" por parte de la Administración autónoma de la normativa europea y estatal de conservación de especies.

Ambas valoran "muy positivamente" una sentencia que, subrayan, "pone en evidencia la mala gestión sobre caza que realiza el Gobierno aragonés", y expresan su confianza en que "tenga un efecto inmediato en la elaboración de los planes generales y otras órdenes sobre la caza que se aprueben a partir de ahora".

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