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Absuelto el empresario juzgado por una deuda que ya estaba pagada

La Audiencia de Zaragoza asume que el acusado había devuelto a la Seguridad Social los 18.426 euros reclamados.   

El acusado en la sala de la antigua Audiencia de Zaragoza, donde se celebró este juicio porque la Junta Electoral Central ocupó las dependencias del tribunal.
El acusado en la sala de la antigua Audiencia de Zaragoza, donde se celebró este juicio porque la Junta Electoral Central ocupó las dependencias actuales del tribunal.
R. J. C.

Hay juicios que podrían acabar con una sentencia in voce (de viva voz) porque los magistrados lo tienen tan claro que la absolución se cae por su propio peso. Este podría haber sido uno de ellos porque el acusado Jorge G. P., un empresario de Cadrete que tenía una sociedad de moldes y matrices, manifestó en la vista oral celebrada en la antigua sede de la Audiencia de Zaragoza que ya había pagado los 18.426 euros de las cuotas de la Seguridad Social de seis trabajadores que le reclamaban.

Ya no tenía mucho sentido mantener la acusación por la malversación de caudales impropia, pero el fiscal y el abogado de la Seguridad Social lo hicieron y le pedían dos años de cárcel.

La Audiencia de Zaragoza ha absuelto a Jorge G. P. porque quedó acreditado el pago de la deuda por las declaraciones del acusado, la prueba documental y el testimonio del recaudador de la Tesorería de la Seguridad Social.

Unas máquinas embargadas

Por la deuda que había contraído, le embargaron unas máquinas de la empresa (unas fresadoras y una electroerosión) por incumplimiento del pago de las cuotas y nombraron al acusado depositario de dichos bienes.

Posteriormente, cuando fue desahuciado del local donde tenía la empresa en Cadrete, trasladó las máquinas embargadas en camiones a otro almacén en María de Huerva, propiedad de su mujer. Y el acusado lo comunicó por teléfono a la Seguridad Social, como declaró en la vista oral.

Pero los responsables de la Dirección General de la Seguridad Social intentaron una remoción del depósito al no haber encontrado las máquinas porque cuando fueron a la nave de Cadrete estaba cerrada.

«Ha quedado acreditado por certificado de la Tesorería de la Seguridad Social del 15-5-2019 que el acusado ha pagado la totalidad de la deuda reclamada, por importe de 18.426,04 euros, habiendo abonado cuotas desde el 20-12-2017 y terminado de pagar el 11-4-2019», concluye la sentencia de la Audiencia.

«Así, de conformidad con todos los argumentos esgrimidos, no se dan en este caso ninguno de los requisitos de la malversación impropia tipificada en el artículo 435.2 en relación con el 432.1 del Código Penal, objeto de acusación, por lo que procede la absolución del acusado, con declaración de oficio de costas», agregó.

El abogado defensor, Rafael Ariza, ya esgrimió en el juicio al fiscal, al letrado de la Seguridad Social y a los magistrados del tribunal que su defendido no había incurrido en el dolo de la malversación, ni siquiera le había quedado un euro de la deuda por devolver. Pero la acusación no se retiró, la vista oral se celebró y ayer recibieron el fallo absolutorio de la Audiencia de Zaragoza.

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