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Solo un 2% de las parejas que se inscriben en la DGA acaban contrayendo matrimonio

El Gobierno aragonés tramitó 1.099 inscripciones de uniones estables no casadas el año pasado, un 5% más que en 2017.

Un acto presencial de ratificación de pareja de hecho, presidido por la consejera de funciones de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto.
Aránzazu Navarro

La modalidad de pareja estable no casada que se inscribe como tal en el registro de la DGA se ha afianzado en los últimos años como un opción alternativa al matrimonio, ya sea eclesiástico o civil. Pero lo mismo que dos personas institucionalizan así su relación sentimental, también deciden suspender esta situación. Desde la creación del registro en 1999 se han inscrito un total de 12.563 parejas, de las que se han cancelado 3.228, lo que supone un 26%. De ellas, solo un 2% (273) lo hicieron porque con posterioridad se casaron. El resto decidieron separarse, bien de mutuo acuerdo o de forma unilateral.

En 2018 se produjo el mayor número de anulaciones del registro desde su puesta en marcha en 1999: se apuntaron 1.099 parejas de hecho (como también se las conoce) y se cancelaron 445, lo que supone un 40%. En los últimos años un tercio de las parejas inscritas se anulan, según los datos facilitados por el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno aragonés.

Así, en 2015 se formalizaron 936 y se borraron 328, un 35%. Esta proporción se mantiene desde entonces. En 2016 se anularon 362 de 898, un 40%, y en 2017, fueron 378 de 1.048, un 36%. Hasta finales de junio de este año ya se han contabilizado 279 anulaciones.

El número de parejas que optan por oficializarse a través de esta fórmula fluctúa y hay años que esta cifra baja ligeramente. La Dirección General de Igualdad y Familias tramitó 1.099 inscripciones de uniones estables no casadas el año pasado, un 5% más que en 2017 (1.048). Estas 1.048 que se ‘apuntaron’ en 2017 frente a las 898 que lo hicieron en 2016 supusieron un incremento de un 16,7%. Una subida que en cierta medida vino a paliar el descenso que se apreció en 2016, cuando se adhirieron 898 frente a las 936 que lo hicieron en 2015, lo que se traduce en una caída de un 4%. Este 2019, cuyo primer semestre va a finalizar, ya se han producido más de 700 inscripciones (706).

Actualmente figuran 10.150 parejas de hecho registradas, según el último dato disponible correspondiente al pasado junio. En los últimos cuatro años esta modalidad de relación ha crecido en la Comunidad casi un 30%. En 2015 había 7.478 inscritas; en 2016, 8.165; en 2017, 8.861 y el año pasado, 9.638.

'Bodas' para quien no se casa

En Zaragoza las parejas de hecho tienen la posibilidad desde 2015 de ratificar su voluntad de figurar en el registro ante la presencia de responsables de la Dirección General de Igualdad y Familias. Para acoger este acto, que se pretende que sea «más formal e íntimo», como señalan desde el Gobierno aragonés, la consejería de Ciudadanía ofrece un espacio en las dependencias del Ejecutivo autonómico. Hasta el momento han sido 10 las parejas que han elegido esta opción, bastante minoritaria.

La primera de estas ‘bodas’ para quien no se casa se celebró el 29 de abril de 2016. En aquella ocasión presidió el acto la consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, hoy en funciones, María Victoria Broto.La consejera se animó a leer un fragmento del Quijote –aprovechando que ese año se celebraba el 400 aniversario de la muerte de Don Quijote – en el que el famoso caballero de La Mancha describe la belleza de su querida Dulcinea. Con humor, Broto se disculpó por no haber encontrado un relato equiparable dirigido al hombre, y pidió cederle el protagonismo a ella por un día.

Algunos requisitos

Al registro de parejas estables no casadas pueden acceder las parejas solteras, mayores de edad y con vecindad administrativa aragonesa que lleven conviviendo más de dos años o que manifiesten su voluntad de constituirse en pareja estable no casada mediante escritura notarial. No pueden formalizar esta relación los que estén ligados con vínculo matrimonial, los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción, los colaterales por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado o los que formen pareja estable con otra persona.

El plazo máximo para resolver la solicitud de inscripción es de tres meses a contar desde que entra en el Registro de la Dirección General de Igualdad y Familia y puede ser ampliado en 45 días naturales. El año pasado se recibieron 1.216 peticiones.