Aragón

Hacienda

El Gobierno autonómico rechaza las reclamaciones contra el ICA y la RAPA ultima la vía judicial

El colectivo prepara un recurso contencioso tras agotar la vía administrativa y desecharse todos sus argumentos

La presidenta de la RAPA, Maribel Torrecilla, con parte de las 10.200 firmas contra el ICA que presentó este año el colectivo
Guillermo Mestre

La Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas del Gobierno de Aragón ha rechazado los recursos presentados por la Red de Agua Pública de Aragón (RAPA) contra los recibos del polémico Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas (ICA) correspondientes al año 2016. Esta decisión pone fin a la vía administrativa. La RAPA, no obstante, ultima ya un contencioso que se presentará "en los próximos meses".

La resolución da al colectivo 60 días para recurrir ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. En total, explican desde la RAPA, se presentaron alrededor de 3.000 reclamaciones de estas características a título individual. Aunque las primeras se notificaron a mediados de marzo, la cantidad de escritos presentados hace que las respuestas "aún sigan llegando". Se espera, en todo caso, que todas reciban la misma contestación por parte del Ejecutivo de Javier Lambán.

La agrupación trabaja en estos momentos junto a sus abogados para preparar los argumentos del contencioso-administrativo. La intención, según explicaron, es presentar "uno o dos" hacia finales de mayo en nombre de los alrededor de 50.000 zaragozanos que recurrieron el impuesto.

En la carta a la que ha tenido acceso este diario, el presidente de la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas, Miguel Ángel Bernal, desestima todos los argumentos de la Red de Agua Pública, que asegura que la tarifa municipal "se justifica en la producción de aguas residuales que se generan por consumir agua potable" y que el ICA "vulnera el artículo 6 de la Ley Orgánica de Financiación de Comunidades Autónomas, que establece que los tributos que fijen las comunidades no podrán recaer sobre hechos imponibles gravados por los tributos locales". También señala que el ICA "no puede considerarse un impuesto ambiental" por incumplir el principio de "quien contamina paga" y que "los criterios de la Ley de Aguas y Ríos de Aragón para determinar el sujeto pasivo y la aplicación de las tarifas entran en conflicto con los criterios que el Ayuntamiento de Zaragoza aplica en su término municipal".

El Gobierno de Aragón, en cambio, entiende que el recibo municipal de Ecociudad y el ICA son "dos figuras jurídicas diferentes" y que, por tanto, "no cabe hablar de un mismo hecho imponible". El ICA, subraya Bernal, "no está vinculado a la prestación de un servicio, ya que se trata de un impuesto". "Es precisamente su carácter solidario el que exige que, siendo igual a todos los contribuyentes en Aragón, no se vincule al municipio en que se ha generado la recaudación", añade.

Recuerda, por otra parte, que la Ley Orgánica de Financiación de Comunidades Autónomas da a las regiones la capacidad de "establecer y gestionar tributos sobre las materias que la legislación de régimen local reserva a los municipios", entre las que figura la depuración. "Es un tributo propio de Aragón, por lo que no cabe hablar de unilateralidad, sino de ejercicio de competencias", asevera.

La Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas también subraya que "la naturaleza ambiental o no de un impuesto no supone ningún añadido a la obligación del contribuyente de cumplir con sus obligaciones", así como que "no hay un agravio a los ciudadanos de Zaragoza".