Las Cortes alegarán al TC que la ley de capitalidad se pactó con el Ayuntamiento

Los letrados defenderán que el artículo 14 no vulnera la normativa de régimen local y no que recibió ninguna enmienda.

Una rectificación a regañadientes. El 1 de octubre, ocho meses de ser expulsados de las sociedades municipales por el Gobierno de ZEC, los grupos de la oposición recuperaron su presencia proporcional en los entes públicos. Los nueve representantes de ZEC, con el alcalde Santisteve a la cabeza,_se abstuvieron en la votación.
Una rectificación a regañadientes. El 1 de octubre, ocho meses de ser expulsados de las sociedades municipales por el Gobierno de ZEC, los grupos de la oposición recuperaron su presencia proporcional en los entes públicos. Los nueve representantes de ZEC,
Oliver Duch

La ley de capitalidad se pactó en su totalidad entre el Gobierno aragonés y el Ayuntamiento de Zaragoza, por lo que "difícilmente puede vulnerar el principio de autonomía local de este municipio", pues sería como decir que "dicho Consistorio está de acuerdo con que se menoscabe su autonomía municipal constitucionalmente garantizada". Este es uno de los argumentos incluidos en las alegaciones que los servicios jurídicos de las Cortes esgrimirán para defender ante el Alto Tribunal que el artículo 14.1.u de la ley 10/2017, de 30 de noviembre, de régimen especial del municipio de Zaragoza como capital de Aragón, es constitucional.

Los letrados también recuerdan que, durante el periodo de tramitación del proyecto de ley, el precepto impugnado no se cuestionó en ninguna de las 157 enmiendas presentadas, ni siquiera en la de totalidad, que mantenía el artículo con la misma redacción.

Tampoco consideran que pueda vulnerar la norma básica estatal sobre régimen local, pues no puede deducirse que "el legislador haya querido atribuir al pleno la competencia para la formación de la voluntad del Ayuntamiento como socio único en las sociedades mercantiles municipales y para asumir las funciones de la Junta General de dichas sociedades".

En las alegaciones se argumenta, además, que "la atribución al Gobierno de Zaragoza de las competencias previstas en el 14.1.u no vulnera el principio democrático", y pone como ejemplo que el Consistorio de Madrid hace coincidir la Junta General de las sociedades con la Junta de Gobierno Local.

Serán los magistrados del Alto Tribunal los encargados de dilucidar si es o no constitucional el artículo 14.1.u de la ley de capitalidad, el que utilizó el alcalde Pedro Santisteve para dar el golpe en las sociedades y que está suspendido de forma cautelar desde el 7 de septiembre. Aunque cuando el recurso se admitió a trámite el equipo de Gobierno municipal se negó a modificar su posición, ZEC decidió hace unos días rectificar y la oposición recuperó su presencia en los entes públicos. Santisteve anunció que "no volverá a general ningún conflicto" más en las sociedades sea cual sea la decisión del TC, que anunciará el 3 de diciembre si mantiene la suspensión cautelar del precepto impugnado.

En la DGA, que declinó dar a conocer sus alegaciones, el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, siempre ha defendido que la ley es constitucional y que el problema surgió del mal uso que hizo Santisteve del artículo 14.1.u.

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