El fiscal pide al Supremo anular la sentencia de Cordón por no asumir que esté muerto

Reclama que no se tenga en cuenta la carta de Silva Sande enviada tras el juicio.

Los acusados José Antonio Ramón Teijelo y María Victoria Gómez Méndez en la Audiencia Nacional.
El fiscal pide al Supremo anular la sentencia de Cordón por no asumir que esté muerto
Efe

El fiscal ha interpuesto un recurso para solicitar la nulidad de la sentencia de la Audiencia Nacional por el secuestro de Publio Cordón, que condenó a 30 años a los grapos José Antonio Ramón Teijelo y María Victoria Gómez Méndez por detención ilegal sin dar razón del paradero del secuestrado. Como adelantó este periódico, el fiscal decidió recurrir el fallo, como la familia Cordón y las defensas de los acusados, pero el motivo del fiscal es muy singular porque alega que la sentencia se basó en la carta remitida por Fernando Silva Sande enviada desde el centro penitenciario después del juicio. El fiscal dice que no asumió la muerte de Cordón al valorar esta misiva recibida fuera del juicio y no era un medio de prueba porque "no se sometió a la contradicción de las partes" y ocasiona "una indefensión".

"La valoración del Tribunal en su sentencia de la carta no es baladí. Es un elemento básico para desterrar de la convicción del Tribunal que el señor Cordón falleciera", argumenta el fiscal. En la misiva, Silva Sande quería completar los "lapsus de memoria" que tuvo en la vista oral al responder a la pregunta sobre el enterramiento de la víctima y el cobro del rescate. El tribunal señaló que en la carta Silva Sande "refiere que llevaron el cadáver a los Pirineos, cordillera que está bastante lejana al Mont Ventoux, que pertenece a los Alpes".

Pero ni esto lo dijo en el juicio (declaró que Teijelo se decantó por Mont Ventoux al conocerlo mejor que los Pirineos) ni lo mencionó así en la misiva: "Fue Teijelo quien al fallecer Publio salió a contactar con Arenas y vino a decirnos que debíamos llevar el cadáver lo más lejos posible de Lyon, a ser posible a los Pirineos. Que deberíamos enterrarlo bien para que nadie lo encontrara para poder seguir con el plan trazado (el cobro)".

El fiscal recuerda en el recurso que la causa se reabrió en 2008 por la declaración de Fernando Silva Sande, que fue "de vital importancia", mostrando su arrepentimiento y aportando todos los datos sobre el secuestro de Cordón. Reveló el chalé del cautiverio en Lyon, su muerte cuando cayó al intentar escapar por la buhardilla y su entierro en Mont Ventoux, en los Alpes. "El modo en el que cronológicamente se van confirmando todas y cada una de las manifestaciones de Silva Sande es de enorme importancia a la hora de valorar su credibilidad", señala el ministerio público, que calificó como "un caso paradigmático".

Para anular la carta, el fiscal argumenta que no es una prueba legalmente aportada al procedimiento, ni lo han analizado las partes, ni la ha ratificado el testigo arrepentido para manifestar si era suya, la ratificaba y las razones de su contenido.

Asimismo, la valoración de la carta y su reflejo en los hechos probados al omitir la muerte de Publio Cordón y sus circunstancias, el fiscal destaca que produce ante todo, al margen de sus consecuencias jurídicas, "una sensación de burla a la familia de la víctima, a la sociedad y al Estado, que tienen derecho a que se declare cómo falleció y qué responsabilidad tienen sus captores en un acontecimiento que conmocionó y sigue conmocionando a la opinión pública". En este sentido, critica que el tribunal se empeña en una irregular valoración de las normas del proceso en la sentencia que falla.

Por otro lado, el ministerio público también recurre el fallo del tribunal por infringir la ley al sustituir las condenas de 30 años de reclusión mayor a los dos grapos por veinte de prisión.

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