Aragón

Más de 240 conductores aragoneses podrán reclamar la devolución de puntos cada año

Una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº21 de Madrid obliga a devolverlos cuando las multas han sido mal notificadas y se han recurrido en Hacienda

Una agente multa a un automovilista en el paseo de la Constitución de Zaragoza.
José Miguel Marco

Más de 240 conductores aragoneses, según estimaciones de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), podrán recuperar puntos del carné cada año por multas mal notificadas por Tráfico o por los ayuntamientos. Una reciente sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº21 de Madrid da la razón a AEA y obliga a la Dirección General de Tráfico (DGT) a devolver los puntos a aquellos automovilistas a los que Hacienda haya anulado previamente una sanción económica.

Mario Arnaldo, presidente del colectivo, estima que “una de cada tres multas están mal notificada”, de ahí que en España se hable de hasta 10.000 casos al año. “Tráfico, por motivos que desconocemos, abusa del sistema de notificaciones edictal, que debería utilizarse como último recurso. Ningún ciudadano está obligado a leer a diario los boletines para ver si en ellos aparece su nombre”, explica.

Hasta ahora, a los conductores que reclamaban a Hacienda por este motivo se les devolvía el dinero, pero no los puntos, algo que, según Arnaldo, “carecía de sentido”. La brecha la ha abierto un conductor que inició una reclamación ante Hacienda por una multa de 240 euros con recargo que nunca llegó a su conocimiento. “También le quitaron tres puntos del carné”, apunta el presidente de AEA.

El caso fue rechazado inicialmente por la Agencia Tributaria de Madrid, que denegó el recurso al considerar que Tráfico sí había notificado la sanción a través del Tablón de Sanciones de Tráfico. No obstante, el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid lo aceptó en segunda instancia debido a que la notificación fue dirigida a un domicilio que no era el indicado por el afectado. Su resolución obligó a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid a devolver los puntos, pero esta se negó “por no tener facultades revisoras de la competencia sancionadora en materia de tráfico”.

La polémica terminó en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº21 de Madrid, que ha fallado en favor del conductor. Para Arnaldo, esta sentencia supone “un importantísimo precedente jurídico”, ya que, según sus palabras, crea jurisprudencia y “desmonta el argumento perverso que utiliza la DGT desde hace una década para no devolver los puntos de multas mal tramitadas”. Subraya, por otra parte, su importancia en el ámbito penal y de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas, “ya que al no devolver los puntos se estaría utilizando en perjuicio de los automovilistas un saldo irreal que podría causar un daño irreparable a miles de conductores. “Podría hacer que perdiesen su permiso por haber agotado su saldo de puntos, o incluso imputarles delitos de seguridad vial”, añade.

Aunque invita a los posibles afectados a reclamar la devolución, recuerda que para acogerse a este precedente “es necesario haber recurrido antes en Hacienda y que les hayan dado la razón”. El presidente de AEA considera que aquellos conductores multados en los últimos tres años “podrán reclamar” siempre que cumplan estos requisitos. También podrán hacerlo aquellos que se vean en esta situación a partir de ahora.