La Delegación del Gobierno a Vivienda: "No es cierto que el Estado invada competencias"

El Gobierno de Aragón ha dado su conformidad para iniciar las negociaciones de cara a resolver las discrepancias y en su caso modificar el texto.

La Delegación del Gobierno de España en Aragón solicita a la dirección general de la Vivienda del Gobierno de Aragón no crear confusión: "No es cierto que el Estado invada competencias de la Comunidad Autónoma".

Estas declaraciones responden así a la directora general de Vivienda y Rehabilitación del ejecutivo autonómico, Mayte Andreu, que reprochó el lunes al gobierno central que haya vaciado de competencias a las comunidades en materia de vivienda.

La Delegación del Gobierno recuerda que no es cierto que se haya recurrido ante el Tribunal Constitucional la Ley 10/2016 “de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la Vivienda de la Comunidad Autónoma de Aragón”.

En la nota de prensa se explica que el Gobierno de España ha invitado al Gobierno de Aragón ha iniciar negociaciones para resolver las discrepancias y modificar el texto de la Ley 10/2016 y evitar, de esta forma, plantear el recurso de inconstitucionalidad, a lo que el Gobierno de Aragón ha dado su conformidad este martes para iniciar esas negociaciones.

La Delegación del Gobierno puntualiza que lo que se recurrió fue el anterior Decreto Ley 3/2015 “de medidas urgentes de emergencia social en materia de prestaciones económicas de carácter social, pobreza energética y acceso a la vivienda” que está en trámite en el Tribunal Constitucional que suspendió cautelarmente varios artículos ya que suponen un “perjuicio cierto para el interés general” y “se produciría un daño para la seguridad jurídica” como expresamente señala en su Auto de 31 de enero de 2017.

En la misma resolución el Tribunal Constitucional señala que la suspensión de la normativa Aragonesa no implica menoscabo de los colectivos vulnerables, puesto que el Estado ha dispuesto normas que los atienden, como la Ley 1/2013 “de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, restructuración de deuda y alquiler social” o la Ley 25/2015 que contiene medidas de diferente naturaleza encaminadas tanto a la protección de aquellos deudores de un crédito como ampliar la protección de colectivos especialmente vulnerables.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión