Cuarenta mil funcionarios que tratan con niños deben probar que no arrastran delitos sexuales

Tendrán que acreditar o autorizar a la DGA a recabar la información del 21 de marzo al 8 de abril. Los trabajadores que se nieguen a este control podrán ser sancionados o apartados del servicio.

La nueva norma afecta especialmente a docentes y personal sanitario.
La nueva norma afecta especialmente a docentes y personal sanitario.
Asier Alcorta

Más de 40.000 trabajadores del Gobierno de Aragón que tienen algún contacto con menores tendrán que acreditar que carecen de antecedentes penales por delitos sexuales. Esto supone que alrededor del 80% de la totalidad de la plantilla deberá presentar un certificado que avale que no ha sido condenado por este motivo. Tendrán que remitir este documento o autorizar a la Administración autonómica a solicitarlo entre el 21 de marzo y el 8 de abril.


La Dirección General de Función Pública ha redactado una instrucción, que se publicará el martes en el Boletín Oficial de Aragón, en la que explica y unifica el procedimiento que se ha de seguir para cumplir con la nueva normativa estatal de protección a la infancia y la adolescencia que se aprobó en julio del año pasado. Esta norma establece que será requisito obligatorio para ejercer las profesiones que trabajen o tengan alguna relación con niños el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual (se incluye agresión, abuso, exhibicionismo, provocación sexual...).


De los más de 40.000 funcionarios que tratan con niños en Aragón, más de 17.000 trabajan en Sanidad y 15.000 son docentes del Departamento de Educación, pero la ley también afecta a otros del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) y Justicia y, en menor medida, a parte de los centros de Cultura o Deporte, el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (por el Instituto de Formación Agroambiental de Jaca) y los institutos de Empleo, de la Juventud y de la Mujer. El certificado negativo es gratuito y se tendrá que obtener del Registro Central de Delincuentes Sexuales, puesto en marcha por el Ministerio de Justicia el pasado 1 de marzo.


Dado el volumen del personal implicado, la Dirección General de Función Pública ofrece la posibilidad de pedir y presentar el certificado de manera individual o bien autorizar a la Administración autonómica a recabar esta información.Para ello, la DGA ha diseñado una aplicación informática que servirá como base de datos para transferir ficheros al Ministerio de Justicia."Hemos estado haciendo pruebas para que todo funcione correctamente. Tenemos, además, el compromiso del Ministerio de que nos responderán a las peticiones en un plazo de 24 horas", señaló el director general de Función Pública, Ignacio Zarazaga, que explicó que se han previsto reuniones con los responsables de algunos centros de trabajo para detallarles el procedimiento.


La obligación de presentar este certificado se extenderá también a las personas que se vayan incorporando a nuevos puestos de la Administración, así como a los trabajadores de las bolsas de empleo (aunque estos presentarán el certificado conforme accedan a un contrato y solo será necesario una vez).


Además, la norma también es extensiva a todas las contratas externas de servicios de las consejerías como transporte escolar, comedores, actividades extraescolares, limpieza de centros sanitarios, monitores de tiempo libre... No obstante, en estos casos serán las empresas las que tendrán que aportar las certificaciones de sus empleados que tienen contacto con menores.


La presentación de este documento tiene carácter obligatorio. La DGA recuerda que su incumplimiento puede ser sancionado (previa instrucción del oportuno expediente disciplinario) con la suspensión de funciones o separación del servicio. En el caso de interinos, supondrá incluso la revocación de su nombramiento.


El director general de FunciónPública consideró que los funcionarios que arrastren delitos sexuales serán"casos aislados". No obstante, recordó que la norma es muy clara sobre las consecuencias para los empleados públicos con antecedentes por delitos sexuales que trabajen con menores: será apartado"inmediatamente" de su puesto y se le reubicará en otro en el que no tenga contacto con niños.


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