Vivienda

¿Quién se hace cargo de un accidente ocurrido en una comunidad de vecinos?

El portal Idealista explica quién es el responsable civil en caso de que un incidente tenga lugar en un bloque de viviendas.

Fachadas de varias viviendas en Zaragoza
Fachadas de varias viviendas en Zaragoza
Guillermo Mestre

Paseas por el patio de tu urbanización cuando te cae un pequeño cascote de la fachada que hiere alguna parte de tu cuerpo. No es una situación común, pero es algo que puede ocurrir. En este caso, ¿quién paga el accidente? ¿La comunidad de propietarios, el presidente...? 

En estos casos, determinar quién debe hacerse cargo de los gastos es una tarea complicada ya que entran numerosos factores. Idealista, en un post en su página web, detalla que la responsabilidad civil hace referencia a la obligación legal de reparar el daño causado a otra persona o propiedad. "En el caso de una comunidad de propietarios, esto se refiere a la obligación a responder por los daños que sufran terceras personas en áreas comunes o zonas privadas, siempre y cuando ese percance responda a una razón que se le pueda atribuir a la comunidad. Para ello, la causa del daño o siniestro debe ser debido a un mal funcionamiento o a una negligencia en el estado o preservación de sus zonas y elementos comunes", añaden.

Así, por ejemplo, en caso de que se caiga una maceta de una zona común sobre algún vecino, o que se rompa un elemento de la fachada y rompa algo de la vivienda de un propietario, la comunidad de propietarios es responsable del siniestro y tendrá que indemnizar a la persona afectada, detalla Idealista. Para ello, es importante conocer el origen del incidente, ya que si es atribuible al propietario, será él quien deba responder. 

"La responsabilidad de la comunidad se establecerá únicamente si se evidencia que no se implementaron medidas razonables para la prevención de daños. Por ejemplo, la falta de supervisión adecuada, mantenimiento, señalización y medidas de seguridad o precaución en zonas compartidas, como escaleras, ascensores, áreas verdes y piscinas", añaden.

¿Qué ocurre si la comunidad de vecinos es la responsable?

En caso de que el accidente se le atribuya a la comunidad de propietarios, será el seguro el que deba responder económicamente y hacerse cargo de la indemnización. "Dependiendo de la póliza y las coberturas contratadas, cubrirá unos siniestros u otros y asumirá hasta cierto límite monetario", dice el portal inmobiliario.

En caso de que la comunidad no esté asegurada, su deber será responder con los fondos. Si no dispone del capital suficiente, los miembros de la comunidad deberán responder económicamente en función de su cuota de participación, aunque siempre se recomienda contratar un seguro para una comunidad.

Si el incidente es atribuible a la Junta de Gobierno o al presidente de la comunidad, podrían ellos tener que responder. Por ejemplo, debido a malas decisiones como no reparar una fachada y que luego esta dañe a un propietario. "En este caso, no será la comunidad quien deba responder económicamente para indemnizar al afectado, sino aquellos que han hecho mal uso de, por así decirlo, su poder o posición", comentan.

Contratar un seguro nunca es obligatorio (salvo en Madrid y Valencia), pero sí aconsejable para, precisamente, evitar estos percances. Incluye coberturas obligatorias, como incendios o daños por agua, y otras opcionales, como daños eléctricos, defensa jurídica, fenómenos meteorológicos, atascos, roturas, robos... Un precio medio de seguro, estima Idealista, podría moverse entre los 70 y los 150 euros al año por vivienda que forme parte de la comunidad.

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