Madrid elimina por ley las viviendas públicas de alquiler con opción a compra

De esta manera, el acceso a este tipo de inmuebles en la región será en régimen de propiedad o de arrendamiento.

La Asamblea de Madrid ha aprobado este jueves una ley que elimina la figura de las viviendas públicas de alquiler con opción a compra, de tal manera que a partir de ahora el acceso a este tipo de inmuebles en la región será en régimen de propiedad o de arrendamiento.

Con esta ley, aprobada por unanimidad, la Comunidad de Madrid asumirá además el pago del IBI (impuesto sobre bienes inmuebles) en las casas de alquiler de la Agencia de Vivienda Social, reduciendo esta cuantía del pago de la renta.

Por otro lado, el texto establece que el desarrollo de políticas públicas de vivienda de la Agencia de Vivienda Social del Gobierno regional (antiguo Ivima) se hará "principalmente" con la construcción y promoción de inmuebles en suelos disponibles para la Comunidad de Madrid.

Todo ello "sin perjuicio de la adquisición de viviendas o bloques completos de viviendas en el mercado privado" para destinarlos a viviendas protegidas en casos de integración o realojos.

La ley, elaborada inicialmente por el Gobierno regional y que ha sido enriquecida con las aportaciones de los grupos parlamentarios a su paso por comisión, dispone las condiciones para la enajenación de viviendas con protección pública y las garantías para los arrendatarios de este tipo de inmuebles.

Así, las viviendas con protección pública podrán ser enajenadas por sus promotores "por promociones completas", "con libertad en el establecimiento del precio" y previa autorización de la Consejería competente en esta materia.

Tendrán derecho de adquisición preferente las personas jurídicas "de reconocida dedicación a la gestión de vivienda protegida con fines sociales".

En estas enajenaciones, que no podrán ir "en perjuicio de terceros", los nuevos titulares están obligados a atenerse a "las condiciones, plazos y rentas máximas establecidas en el contrato".

Quedan excluidas por ley en estos casos las viviendas de protección pública cuya titularidad corresponde a la Comunidad de Madrid, "que no podrá ser objeto de transmisión a terceros distintos de los inquilinos".

El texto sí permite a la Agencia de Vivienda Social establecer convenios de colaboración con entidades privadas y financieras para la gestión de vivienda protegida en régimen de alquiler.

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