Hasta cuándo se puede hacer la declaración de la Renta

La campaña para rendir cuentas con Hacienda por los ingresos del año anterior comenzó el 3 de abril.

Campaña de la Renta 2023-2024
Campaña de la Renta 2023-2024
H.A.

La campaña de la Renta 2023-2024 comenzó el pasado 3 de abril y durante el primer mes solo se podría realizar la declaración por internet. Con la llegada de mayo se abrió el plazo para realizarla vía telefónica con especialistas de la Agencia Tributaria. 

La posibilidad para solicitar la cita previa por teléfono echó a andar el 7 de mayo y finalizará el 28 de junio. El programa de ayuda se ha colocado como el más utilizado por quienes no se manejan con internet o prefieren ser atendidos por una persona, junto a la asistencia en las oficinas, que no comienza hasta junio. 

La fecha límite para la declaración de la Renta sin penalizaciones

La fecha clave para presentar formalmente la declaración es el último el 1 de julio. No obstante, es altamente recomendable no dejarlo para el último día, en previsión de posibles imprevistos. Si no se cumple ese plazo y se quiere presentar más tarde, hay que tener presente que habrá sanciones, más o menos graves dependiendo del tiempo transcurrido desde el final de plazo, por ejemplo. Las sanciones se atenúan si es el propio contribuyente el que acude a formalizar el trámite, advirtiendo de su tardanza, antes de recibir una notificación de Hacienda. Asimismo, la sanción no es igual si el resultado era a pagar o a devolver.

Si al contribuyente se le pasa el plazo pero rectifica antes de que Hacienda lo requiera, será necesario realizar una declaración extemporánea. Hacienda presentará un recargo del 1% más otro 1% adicional por cada mes de retraso con el que se presente la autoliquidación. Este recargo no incluye las sanciones que hubieran podido exigirse y los intereses de demora devengados hasta la presentación de la autoliquidación o declaración.

Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa una vez transcurridos 12 meses desde el término del plazo establecido para la presentación, el recargo será del 15% y excluirá las sanciones que hubieran podido exigirse.

En estos casos, se exigirán los intereses de demora por el periodo transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación hasta el momento en que la autoliquidación o declaración se haya presentado.

Si la declaración sale a pagar, no se formaliza y lo detecta Hacienda, la multa puede alcanzar el 150% del monto debido. Si la cantidad es inferior a 3.000 euros, se aplica un recargo menor, pero igualmente considerable: el 50%. Si la declaración salía a devolver, Hacienda abonará el dinero debido, restando un importe por multa debido al incumplimiento del plazo, que suele rondar los 200 euros. 

Plazos para pedir cita previa presencial para la Renta

El 3 de junio se abrirán los puntos de atención presencial, para los que se podrá solicitar cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio.

Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, es necesario concertar día y hora a través de su página web (sede.agenciatributaria.gob.es) o llamando a los siguientes números de teléfono, que no estarán operativos hasta que se acerque la fecha: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

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