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Las criptomonedas se estrenan en la Renta: cómo declararlas y qué se lleva Hacienda

El IRPF incluye por primera vez una casilla especial para las monedas virtuales.

FILE PHOTO: A collection of Bitcoin (virtual currency) tokens are displayed in this picture illustration
El bitcoin es la divisa virtual más conocida y con más volumen de operaciones.
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Los contribuyentes aragoneses que hayan invertido en criptomonedas puede que hayan recibido ya un mensaje de Hacienda recordándoles que tienen que hacerlo constar en la declaración de la Renta, cuyo plazo de presentación ha comenzado. Por primera vez, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) incluye un apartado especial para recoger este tipo de inversiones.  La Agencia Tributaria ha enviado 233.000 avisos sobre monedas virtuales, según los datos de inicio de campaña.

El aumento de la compra de monedas virtuales ha hecho que se actualice el tributo. Así lo explicaba Hacienda al destacar este cambio como una de las pocas novedades de esta campaña. "Debido al incremento producido en los últimos tiempos en la operativa con monedas virtuales, se incorporan, tanto en Renta Web como en la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, apartados específicos para su declaración", señaló la pasada semana. La campaña para los contribuyentes que tienen que presentar la declaración de Patrimonio se desarrolla a la par que la del IRPF, cuyo plazo finaliza el 30 de junio. 

Las criptomonedas han registrado importantes subidas y también bajadas de valor en los últimos años. Desde el Banco de España y otros organismos se viene alertando sobre su volatilidad y falta de control. Hay centenares de criptodivisas, que operan de forma distinta, por lo que Hacienda las considera a cada una como una moneda diferente. Las más conocidas son el bitcoin y ethereum. A efectos fiscales son "bienes inmateriales, computables por unidades o fracciones de unidades, que no son moneda de curso legal, que pueden ser intercambiados por otros bienes, incluyendo otras monedas virtuales, derechos o servicios, si se aceptan por la persona o entidad que transmite el bien o derecho o presta el servicio, y que pueden adquirirse o transmitirse generalmente a cambio de moneda de curso legal". 

Compraventa con pérdidas o ganancias

Las monedas virtuales deben reflejarse en la Renta "si hemos realizado alguna operación comprando o vendiendo, para declarar la ganancia o pérdida patrimonial", explica José Pedreira, coordinador del grupo de expertos en IRPF de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF). 

Además, debe incluirse "si ha cambiado de moneda", aunque siga siendo virtual. "Hay que ver el valor de la moneda en el cambio y declarar ganancia o pérdida patrimonial. Tributa la compraventa de monedas virtuales para reinvertir en otras, algo que, por ejemplo, está exento en el caso de otros productos financieros como los fondos de inversión, en los que no es necesario declarar el traspaso de uno a otro. Y en los casos en los que se obtenga algún rendimiento simplemente por tenerlas, que se recoge en algunos tipos de divisas virtuales.

Queda pendiente para el año que viene la obligación de comunicar si se tienen en el extranjero. "No les dio tiempo a hacerlo para esta campaña", señala Pedreira. Así lo comunicó la Agencia Tributaria, apuntando que a partir de 2022 deberá presentarse un nuevo modelo, el 714, a efectos informativos.

"Este año ha empezado a haber muchas consultas porque en 2020 y 2021 la gente se animó a invertir por las subidas tan exponenciales que tuvieron, pero cuando sufrieron una caída importante el año pasado empezaron a vender"

Este año los contribuyentes que hayan hecho operaciones con criptodivisas deben cumplimentar la casilla 1626 e indicar el número de clave 0, detalla Juan Salgado, socio de CL Cripto, consultoría y asesoría de Zaragoza, con experiencia en los últimos cuatro años en la confección de declaraciones de la Renta con criptomonedas. "Bitcoin y ethereum son los pilares, pero hay muchas otras, con diferentes protocolos", señala. Hasta ahora se declaraban en una casilla 'cajón de sastre' para ganancias y pérdidas patrimoniales.

"El 2020 fue un año muy bueno porque a finales empezó a subir y se cerró en diciembre muy bien y los primeros mes de 2021 también fueron buenos. Luego empezó a bajar", comenta sobre la evolución que se reflejará entre quienes vendieron en este periodo. En 2020 empezó a multiplicar su valor para subir desde los 6.000 dólares a principios de año a cerca de 30.000. El año pasado marcó su récord histórico superando los 66.000 a mitad de ejercicio, para luego volver a caer a la mitad. Ahora se sitúa en torno a los 40.000 dólares, en una racha a la baja.

"Este año ha empezado a haber muchas consultas porque en 2020 y 2021 la gente se animó a invertir por las subidas tan exponenciales que tuvieron, pero cuando sufrieron una caída importante el año pasado empezaron a vender", señala Pedreira. De ahí que entre los que compraron en 2020 y vendieron en 2021, el año que hay que declarar ahora en la renta, augura que habrá muchas pérdidas. Recuerda que, como ocurre con otros activos, "se pueden compensar con las ganancias de este año y los cuatro siguientes". 

En el caso de que se tengan que declarar rendimientos, Salgado indica que tributan como los mobiliarios, los  intereses de un producto financiero. Se consignan en la casilla 33 de la parte del ahorro. Ahí los intereses van del 19% al 26%, según el importe. El inferior es para las cantidades hasta 6.000 euros y el máximo para las que superan los 200.000 euros. 

Pedreira reconoce que "hay poca regulación" sobre unos activos que hasta hace pocos años ni existían. La Unión Europea (UE) trabaja en un proyecto "para armonizar la posible tributación de criptoactivos" porque cada país las ha ido regulando de forma distinta. "Hay países que las tratan como si fueran acciones y otros como monedas".

¿Dónde aparecen las monedas virtuales?

En la plataforma Renta Web a la que se accede desde la página web de Hacienda (www.ageciatributaria.es) se ha generado una nueva clave para declarar las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de las transmisiones de monedas virtuales.

En Patrimonio se ha introducido un nuevo apartado en el modelo (casilla 46) para identificar los saldos de monedas virtuales. 

El plazo para la presentación de declaraciones ha comenzado solo en Internet. Hasta junio no empieza la atención presencial para confeccionar el impuesto en las oficinas, según el calendario de Renta de este año.

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