Los padres de la niña acosada que quiso suicidarse en Zaragoza recurren el archivo de la causa

Denunciaron entonces a la tutora de la niña, a la orientadora y a la directora del colegio.

Los intentos de suicidio en menores se han multiplicado.
Foto de archivo de unos pies y unas manos de una niña.
Pixabay

Los padres de la niña que sufría acoso escolar y que intentó suicidarse en Zaragoza en septiembre del año pasado acaban de conocer que el juez que instruía la causa había decidido archivar las diligencias provisionalmente. También han sabido que ahora, tras la denuncia que presentaron el 27 de junio contra tres empleadas del colegio Agustín Gericó y el propio centro, ha dictado un auto en el que dice que no procede reabrir las actuaciones.

El intento de suicidio de la niña de 12 años se produjo el 9 de septiembre de 2022 y sobreseimiento el día 15 de ese mes. El abogado que representa a la familia, Miguel Ángel Lanaspa, señala en su escrito que el juez archivó el caso cuando solo constaban en las actuaciones el parte hospitalario de asistencia de urgencia y las diligencias policiales estaban incompletas. De hecho, el Grupo de Menores de la Policía no las llevó al juzgado hasta el 20 de octubre. "Por lo que no podía adoptarse con justificación bastante la decisión de sobreseimiento provisional y archivo", señala el abogado.

Pero al margen de esta circunstancia, el letrado ha recurrido el archivo porque no comparte la conclusión del magistrado de que la conducta de la tutora de la niña, la orientadora y la directora del colegio no merece un reproche penal. La denuncia se dirigió contra ellas por la presunta comisión por omisión de un delito de lesiones y otro contra la integridad moral. El abogado mantiene que conocían la situación de la niña y, por su posición de garantes respecto a la menor, tenían "obligación legal de actuar" y poner los medios para evitar la situación de hostigamiento, en vez de tomar medidas "cosméticas" para "cubrir el expediente".

Cambió en un mes

En el escrito se relata desde la llegada de la niña y su hermano a España procedentes de Colombia y su escolarización en enero de 2022 hasta el intento de suicidio, el 9 de septiembre de ese año. Durante el primer mes, la menor fue contenta al colegio, pero de repente cambió su carácter y empezó a mostrarse más triste y a aislarse. Aunque primero lo atribuyeron al hecho de haber abandonado su país natal, pronto empezó a no querer ir al colegio y a llorar. Al final, terminó confesando a su madre que había niñas de su clase que se "metían" con ella diciéndole que "no iba a tener amigas en el colegio, que ellas se encargarían de eso". Contó que se metían con su aspecto, le decían "sudaca" y "puta colombiana", le pisaban el almuerzo, le daban tirones del pelo y otras vejaciones.

La madre, según consta en la denuncia, comunicó los hechos al colegio, advirtió lo que estaba sucediendo, se entrevistó con la tutora, quien le dijo que se encargaría de la situación, a la que "quitó importancia", señala. Aunque lo intentó, la madre no llegó a conseguir una cita con la directora ni con la orientadora para hablar del asunto.

El juez, en su auto de este 5 de septiembre, señala si bien "existen indicios" de que la tutora de la menor no identificó como situación de acoso las noticias que recibió sobre los incidentes sufridos por la misma, y que no siguió el protocolo de actuación inmediata ante posibles situaciones de acoso escolar, la "sola infracción de tal deber de actuar no es suficiente para la comisión por omisión".

El magistrado recoger que la tutora "pudo errar en la ponderación de la entidad de los actos hostiles respecto de la menor de los que tuvo noticia, y de la afectación de la misma, así como en la creencia de que la cuestión había quedado resuelta tras su intervención, considerando que no concurría acoso". Añade que "aun cuando debió actuar con mayor diligencia, activando el protocolo de presunto acoso, que hubiera posibilitado, en su caso, mejor supervisión de la menor, su conducta no es indiciaria de dolo o intención de menoscabar la integridad moral de la menor, ni se considera equiparable desde el punto de vista de la reprochabilidad con la causación de dicho acoso".

El auto judicial recoge que en la denuncia no se expone que la directora del centro escolar o la orientadora denunciadas llegaran a tener noticia de los hechos vejatorios sufridos por la menor. Por lo tanto, no pudieron "valorar una posible situación de riesgo sobre la que actuar". En definitiva, ante la falta de indicios de dolo o

voluntad por parte de las denunciadas de llevar a cabo una conducta hostil y vejatoria para la menor y de menoscabar su integridad moral, no aprecia la concurrencia de tal delito.

El abogado Miguel Ángel Lanaspa discrepa de esta conclusión y mantiene que la madre no pudo reunirse con la directora, a pesar de los "diferentes intentos" realizados dadas las ausencias de la directora de su puesto o la necesidad de contar con una "cita previa", "la excusa perfecta que ha sido posible articular para evitar asuntos conflictivos".

Afirma que sobre las responsables pesaba la "obligación legal de actuar ante la posible existencia de una situación de abuso o acoso escolar, conforme se transmitió por la madre de la menor". "Pues bien, de todas las posibles acciones que podían haber tomado tan solo para constatar efectivamente la concurrencia o no de dicha situación, no tomaron ninguna, con lo que el resultado antes o después habría de producirse fuera esté querido o no por los denunciados". Por estas y otras razones, solicita la reapertura de la causa.

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