El TSJA reduce la pena de 20 a 17 años a la mujer a su marido, compinche del Lute

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza condenó el 2 de febrero de 2023 a María del Carmen Villa Fernández a 21 años de prisión por el asesinato de su marido Raimundo Medrano.

La acusada, María del Carmen Villa, presencia desde la cárcel la intervención del fiscal Carlos Sancho.
La acusada, María del Carmen Villa, presencia desde la cárcel la intervención del fiscal Carlos Sancho.
José Miguel Marco

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso presentado por la defensa de María del Carmen Villa Fernández, esposa de Raimundo Medrano, lugarteniente del Lute, y ha revocado parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, al errar en la condena por asesinato, rebajando en dos años y medio la pena que le fue impuesta.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza condenó el 2 de febrero de 2023 a María del Carmen Villa Fernández a 21 años de prisión por el asesinato de su marido Raimundo Medrano, ocurrido el 5 de enero de 2015 en la localidad zaragozana de Calatayud. Medrano, al que se le conocía con el alias de 'El Quinqui', fue la mano derecha de Eleuterio Sánchez 'El Lute', famoso fugitivo en la época del franquismo, quien huyó en dos ocasiones tras ser condenado por atraco y asesinato.

Un jurado declaró culpable a María del Carmen el pasado 23 de enero. La sentencia estima que es autora de un delito de asesinato, con la concurrencia de la circunstancia agravante de parentesco, por la que le condenó a 20 años y un día de prisión, y autora de un delito de tenencia ilícita de armas, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, por que la condenó a un año de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas procesales.

Los magistrados del TSJA, en su deliberación, han advertido un error en la valoración punitiva la pena, que también había sido puesto de manifiesto por el Ministerio Fiscal. 

Reforma del código penal

La clave de la rebaja que aplica el tribunal está en la reforma del Código Penal -publicada el 31 de marzo de 2015- que entró en vigor a partir del 1 de julio de 2015, si bien los hechos enjuiciados ocurrieron entre los días 4 y 5 de enero de 2015.

El marco punitivo vigente para el delito de asesinato cuando se cometieron los hechos era de 15 a 20 años de prisión frente al establecido tras la reforma del Código Penal que, en su mitad superior, lo establecía de 20 a 25 años.

Los magistrados de la Sala Civil y Penal han tomado en consideración que la Audiencia Provincial de Zaragoza impuso la pena en el mínimo de la mitad superior y, por ello, aplicando el mismo criterio, en su sentencia condenan a María del Carmen V.F. a la pena de 17 años, 6 meses y un día de prisión por el delito de asesinato y confirman el resto de pronunciamientos de la sentencia recurrida.

En la sentencia de primera instancia, la Audiencia condenó a María del Carmen V.F. "como autora de un delito de asesinato, con la concurrencia de la circunstancia agravante de parentesco, a la pena de veinte años y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, y como autora de un delito de tenencia ilícita de armas, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de un año de prisión".

Respecto al resto de alegaciones presentadas por la defensa de la encausada en el recurso, los magistrados desgranan sus argumentaciones a cada una de ellas considerando, en líneas generales, que carecen de sustento probatorio y justificación suficiente frente las pruebas que obran en los autos y lo que los miembros del jurado consideraron acreditadas. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de cinco días.

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