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Interior indemnizará al policía herido en Zaragoza al reducir a un agresor sexual que murió en el arresto

El TSJA obliga a la Dirección General de la Policía a compensar al agente, que sufrió la rotura de dos costillas y una vértebra y ha estado 14 meses de baja. 

Momento en que los sanitarios intentan reanimar al detenido, que finalmente murió.
Momento en que los sanitarios intentan reanimar al detenido, que finalmente murió.
Heraldo

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha fallado a favor del policía nacional que en julio de 2019 resultó herido grave en acto de servicio mientras reducía a un presunto agresor sexual en el barrio de San José. La intervención policial tuvo una gran repercusión porque el sospechoso falleció de un infarto minutos después de que varios policías lo redujeran. El hombre, Deimer Alonso H. C., de 29 años, se enfrentó con los agentes y ofreció gran resistencia a ser arrestado.

Durante la intervención, el policía S. G. A. sufrió la rotura de dos costillas y la vértebra L3 a consecuencia de un empujón que le propinó el sospechoso. Las lesiones lo mantuvieron 14 meses de baja, tiempo durante el cual siguió cobrando el sueldo. 

La Dirección General de la Policía (DGP) solo le pagó 139 euros por los desperfectos de la ropa, pero no por las lesiones. La resolución fue recurrida por el sindicato Jupol, a través del abogado Marco Antonio Navarro, y solicitó la compensación correspondiente por los daños físicos.

La Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA  le ha dado ahora la razón y reconoce su derecho a ser indemnizado por la Administración. El tribunal fija que debe pagársele cada día de lesión con arreglo a los parámetros de la ley de responsabilidad de Tráfico, lo que puede suponer aproximadamente 14.000 euros.

Los hechos que dieron origen a estas lesiones ocurrieron en la mañana del 7 de julio de 2019 en la calle Sicilia del barrio de San José. El 091 había recibido sendas llamadas de dos mujeres distintas que solicitaban ayuda porque un individuo, que había exhibido un arma blanca, las había intentado agredir sexualmente. A una la había abordado sobre las 5.30 al principio de la avenida de San José con Miguel Servet y había conseguido zafarse del atacante y la otra a las 6.30, en la confluencia de Cesáreo Alierta con San José, a unos 700 metros de distancia un punto de otro.

La central del 091 movilizó varias patrullas para encontrar al individuo descrito por las mujeres y una dotación localizó en la calle Sicilia a un hombre de sus características. Los policías se dirigieron a él para identificarlo y el sospechoso reaccionó con violencia y tuvieron que reducirlo por la fuerza.

El hombre era muy corpulento y de un empujón derribó al funcionario S. G. A. que cayó contra un banco y quedó semiinconsciente en el suelo lesionado de gravedad. El estado de agitación del sospechoso fue tal que tuvieron que detenerlo entre cinco policías y entró en parada cardiorrespiratoria a consecuencia de un infarto. La autopsia revelaría después que padecía una dolencia cardiaca. No presentaba fracturas ni lesiones, aunque si laceraciones producto del engrilletamiento. 

La sentencia explica que en el supuesto de que Deimer Alonso H. C. no hubiera fallecido, el agente le habría reclamado la indemnización por las lesiones en la acción penal que se hubiera dirigido contra él. El TSJA recuerda que aunque la responsabilidad penal se extingue por la muerte del culpable, la civil subsiste contra sus herederos. Sin embargo, Deimer Alonso H. era de nacionalidad colombiana, lo que en la práctica "creaba -dice el fallo- enormes dificultades, por no decir que imposibilitaba, el ejercicio de una acción civil". Esta, no obstante, puede ser sustituida por la propia administración, que concluyó que la causa material de las lesiones fue el empujón propinado en acto de servicio.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Javier Albar García, recuerda que si bien es cierto que a menudo se ha considerado que la indemnidad de un funcionario se garantiza con la percepción íntegra del sueldo como si hubiera estado trabajando, hay resoluciones del Tribunal Supremo sobre supuestos en los que el agresor es insolvente y la víctima no cobra nada aunque se le haya reconocido el derecho. El problema añadido en el caso del zaragozano es que no se había llegado a la acción penal por la muerte del agresor. El TSJA impone las costas judiciales a la Administración, aunque no podrán exceder de 1.500 euros. 

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