Perdonan 78.463 euros de deuda a un vecino de Huesca tras ocho años sin un empleo fijo

El Juzgado le exonera del 100% de sus deudas con la Ley de Segundo Oportunidad, acabando con su embargo judicial y cancelando sus datos de morosidad. Trabaja con contratos esporádicos desde 2015.

Juzgados de Huesca.
Juzgados de Huesca.
Rafael Gobantes

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Huesca ha perdonado 78.463.09 euros de deuda a un ciudadano que lleva más de ocho años encadenando trabajos temporales con contratos esporádicos y de obra y servicio, con una inestabilidad en sus ingresos que no le permitió pagar sus préstamos. 

El Juzgado le ha concediendo la exoneración del 100% de sus obligaciones, acabando con su embargo judicial y cancelando sus datos en ficheros de morosidad. La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha cerrado exitosamente este expediente en un año.Desde 2015, J. M. no ha gozado de estabilidad laboral, lo cual le llevó a solicitar créditos y tarjetas para satisfacer sus gastos familiares esenciales, entre ellos el coste de su divorcio.

A pesar de "intentar siempre cumplir con sus pagos", la deuda acumulada atrasada por impagos esporádicos le generó una cantidad "inasumible" de afrontar, que llegó a superar los 75.000 euros. Como consecuencia ha vivido con embargos sobre sus ingresos y cuentas bancarias. En 2021 oyó hablar de la existencia de la Ley de Segunda Oportunidad gracias a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, entidad especializada en este tipo de procesos. Tras estudiar su caso, los abogados de la organización aconsejaron que se declarase insolvente y que iniciase los trámites. 

Laura Muñoz, letrada de la Asociación, detalla que el primer paso fue informar al juzgado competente de la situación del matrimonio con el preconcurso de acreedores. "Con esto, se consigue un inminente alivio económico ya que no deben pagar a ningún acreedor y se paralizan los embargos vigentes", explica la abogada. 

La ley prevé que los deudores planteen una propuesta de pagos asumible a todos sus acreedores, en este caso entidades financieras. Este trámite se lleva a cabo ante notario, donde, en el presente caso se propuso una quita del 90% de la deuda. Este intento de acuerdo quedó en vano cuando los acreedores mostraron su rechazo a tal propuesta. No obstante, desde el 26 de septiembre de 2022 el acuerdo extrajudicial de pagos dejó de ser requisito obligatorio para la exoneración de deudas. "Se impuso con el fin de disminuir la cantidad de personas en concursos de acreedores pero dado las constantes negativas de las financieras suponía más un obstáculo que un beneficio", indica Muñoz. 

El "fracaso" en el intento de convenio se convirtió en una buena noticia para el matrimonio, ya que se procedió al segundo de los posibles fines del procedimiento. Se solicitó la exoneración del 100% de la deuda. Para ello necesario  Para acogerse al mismo es necesario cumplir una serie de requisitos, que han cambiado con la reforma concursal. Estos son la insolvencia del interesado, no haber sido exonerado en los últimos cinco años y carecer de delitos de orden socioeconómico. 

Una vez comprobadas estas condiciones, el juez encargado del caso dictó esta resolución definitiva el 23 de febrero concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) y dejando libre a este matrimonio de pagar 78.463,09 euros. Desde entonces, los acreedores de la pareja, no podrán reclamar ningún pago más a los ya exdeudores ni incluirlos en ficheros de morosos. 

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento señala que son más de 100 las sentencias favorables conseguidas en 2023, "lo que avala la evolución beneficiosa de la Ley de la Segunda Oportunidad en los tribunales del país".  

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