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Cómo pedir la ayuda al alquiler que subvenciona el 50% del precio del piso en Aragón

Esta ayuda al alquiler en todo el territorio de Aragón se concede por el plazo de un año y la fecha límite para solicitarla es el 5 de octubre.

El debate se sirvió después de que una pareja estadounidense dijera por redes sociales que le cobrarían a su hija por vivir bajo su techo.
Alquiler en Aragón
A. C.

Alquilar un piso es complicado en Aragón y mucho más en Zaragoza capital. Desde hace años los precios no dejan de subir y, según publicó Idealista, el mes de julio, el precio del metro cuadrado en arrendamiento se situó en 9,2 euros, un 5,1% más que en 2022, todo un récord. Al alto precio de la vivienda se suma también la inflación que encarece el combustible, el precio de la luz y la cesta de la compra por lo que llegar a fin de mes se convierte en una odisea para muchas familias. 

Por eso el Gobierno de Aragón abrió el 5 de septiembre el plazo para solicitar la ayuda al alquiler inmobiliario que subvenciona hasta el 50% del pago de la mensualidad con un máximo de 600 euros si se trata de una vivienda y 300 si es el arrendamiento de una habitación. 

La fecha fin para solicitarla es el 5 de octubre y abarca todo el territorio aragonés y se concede por el plazo de un año. 

Quienes pueden pedir la ayuda al alquiler del Gobierno de Aragón

Esta ayuda al alquiler, tal y como explica la web del Gobierno de Aragón,  está dirigida a personas mayores de edad que en el momento de presentar la solicitud sean titulares de un contrato de arrendamiento y no se pueden presentar aquellos que alquilan una vivienda incluida en una bolsa de alquiler social o de titularidad del Gobierno de Aragón, sociedades o entidades públicas.

Requisitos para pedir la ayuda al alquiler

  • Tener nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico europeo y Suiza.
  • Tener residencia legal y regular en España si el solicitante no es comunitario.
  • Ser mayor de edad
  • Ser titular en calidad de arrendatario del contrato de arrendamiento de vivienda según la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos.
  • Ser titular de un contrato de cesión de uso o de arrendamiento o cesión de uso de habitación en el ámbito territorial de Aragón.
  • Justificar por empadronamiento que la vivienda sea residencia habitual y permanente.
  • Pagar un alquiler menor de 600 euros al mes en caso de vivienda
  • Pagar menos de 300 euros al mes en caso de alquilar habitación.
  • Estar al corriente del pago

Requisitos económicos para acceder a la ayuda

Las rentas anuales de todas las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendad no debe superar 3 veces el Iprem. El umbral será de 4 veces el Iprem si se trata de una familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas de terrorismo. 

Las familias numerosas de categoría especial tendrán un límite de renta de 5 veces el Iprem al igual que las personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%.

Además, según indica la normativa, la totalidad de los ingresos de las personas que tengan su domicilio en la vivienda arrendada debe ser como mínimo el 0.5 del Iprem en cómputo anual.

Quienes no podrán acceder a la ayuda

No podrán recibir esta ayuda los usufructuarios de vivienda en España. Quienes te tengan parentesco en primer o segundo grado con los arrendadores o si son socios de los mismos. 

¿Dónde solicitar la ayuda?

La solicitud para esta ayuda se debe presentar en la web: https://aplicaciones.aragon.es/saav junto al certificado de empadronamiento expedido por el municipio donde radique la vivienda excepto si se trata de Zaragoza, Huesca y Teruel. Además, es necesario presentar una copia del contrato de arrendamiento y el justificante del pago de la renta desde enero de 2023. 

Esta ayuda se puede pedir a través de varias entidades colaboradoras del Gobierno de Aragón en la gestión del procedimiento de esta ayuda como la Fundación Rey Ardid, Ozanam, Asociación de Familias Numerosas de Aragón y otras más (ver enlace para conocerlas todas).

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