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El TSJA decidirá si el joven que mató a su novio en Alcañiz cometió homicidio o asesinato

Las acusaciones plantean que se eleve su condena de 15 a 22 años y medio porque creen que actuó con alevosía sobrevenida.

El acusado escuchó la vista por videoconferencia desde la cárcel, donde cumple condena.
El acusado escuchó la vista por videoconferencia desde la cárcel, donde cumple condena.
José Miguel Marco

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) deberá decidir si Jorge Manero Martínez, en prisión por matar a su novio en Alcañiz, debe ser condenado por homicidio, como lo está actualmente, o por asesinato. La diferencia no es baladí, pues puede suponer una pena de 12 años y medio de prisión, como plantea su defensa; o de 20 y medio, como pide la Fiscalía; o incluso de 22 años y medio, que es la que solicita la acusación particular en nombre de los padres y hermanos de la víctima.

Un jurado popular declaró a Jorge Manero culpable de la muerte de su pareja, José García Gadea, homicidio que cometió con las agravantes de abuso de superioridad (ya que su novio tenía muy debilitada una pierna debido a un cáncer de huesos que había sufrido de niño) y de parentesco (por la relación sentimental que les unía) desde 2016. El jurado apreció también que concurría la atenuante de drogadicción, ya que declararon probado que ese día ambos habían consumido grandes cantidades de alcohol y marihuana, lo que afectó tanto a las capacidades volitivas y cognitivas del acusado como a las posibilidades de defensa de la víctima.

El veredicto abocó a las partes a modificar sus peticiones, pues las acusaciones habían calificado inicialmente los hechos como asesinato y la defensa, como homicidio imprudente. La Fiscalía solicitó entonces 13 años, 15, la acusación particular y 10, la defensa. Finalmente, la magistrada presidenta, María Teresa Rivera, se inclinó por 15. Como era de esperar, el fallo fue recurrido ante la Sala de lo civil y Penal del TSJA que ayer celebró la vista oral.

Jorge Manero Martínez, de 31 años, mató a su pareja, José García, de 39, el 12 de julio de 2020. El jurado declaró probado que, tras haber pasado la mañana bebiendo y fumando marihuana por Alcañiz, regresaron al chalé de los padres del acusado, ahora fallecidos. Allí iniciaron una acalorada discusión, se pelearon, cayeron al suelo y, Jorge Manero, sentándose a horcajadas sobre su compañero que había quedado tumbado bocabajo, comenzó a estrangularlo con un collar. El homicida hizo tal presión que le rompió el tiroides y lo dejó casi inconsciente a pesar de los esfuerzos de la víctima por defenderse. En estas condiciones, cayeron a la piscina, donde Manero lo sumergió hasta causarle la muerte por asfixia mixta por estrangulamiento y ahogamiento.

El jurado apreció que en esta acción concurría la agravante de superioridad dado que la agresión se produjo por la espalda y la víctima iba drogada y ebria. Descartó la alevosía, pues no aceptó que el ataque fuera sorpresivo.

"Totalmente desprotegido"

Sin embargo, la acusación particular, a cargo de los abogados Amparo García Tamarit y Miguel Martorell Briz, mantuvo este miércoles que si bien la víctima hizo esfuerzos por defenderse cuando lo estaba estrangulando, no fue así cuando lo sumergió en el agua. "Esta fue una agresión nueva, diferente de la anterior, cometida cuando está totalmente desprotegido, si respiración, con el cuello roto. El condenado valoró el estado de la víctima y aniquiló toda posibilidad de defensa", argumentó la abogada.

Amparo García habló de una alevosía "sobrevenida", alegato con el que se mostró de acuerdo el fiscal Enrique Pera. En lo que no coincidió es que deba anularse la atenuante por drogadicción, como planteó la acusación, pues el jurado dio por probada esta circunstancia en su veredicto.

Rechazaron ambas acusaciones las pretensiones de la defensa, ejercida el abogado Fernando del Campo, de que la pena se rebaje a 12 años y medio y también la responsabilidad civil, establecida en 120.000 euros para los padres de la víctima y 25.000 para cada uno de los cuatro hermanos.

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