Otros cambios: Adopción abierta y los mayores de 45 años no podrán adoptar recién nacidos

El texto normativo también modifica aspectos de la actual regulación del acogimiento de menores.

Alfonso Alonso en una imagen de archivo.
Otros cambios: Adopción abierta y los mayores de 45 años no podrán adoptar recién nacidos
Efe

El anteproyecto de Ley de Protección a la Infancia, además de una limitación de competencias de las CC.AA. en las adopciones internacionales, introduce otras novedades como la regulación de un tope de edad para adoptar recién nacidos, tanto en adopciones internacionales como nacionales.


“La diferencia de edad entre adoptante y adoptado será de, al menos, 16 años y no podrá ser superior a 45 años”, dice el texto normativo que apunta, de forma algo enrevesada, que los mayores de 45 años no podrán adoptar recién nacidos.


El texto normativo también aboga por la llamada adopción abierta. Se trata de una gran novedad que permitirá que los adoptados mantengan contacto con su familia biológica siempre que las tres partes involucradas en el proceso (familia adoptante, familia biológica y adoptado) den su consentimiento y exista el visto bueno de un juez.


También se modifican aspectos del acogimiento de menores, premiando el acogimiento familiar sobre el residencial (a cargo de la Administración) sobre todo para los niños de edades inferiores a los seis años. Interpreta la ley que es mejor para los menores estar acogidos en familias que en centros de la Administración.

Años de trabajo

La reforma de esta ley vital para la infancia fue uno de los proyectos que el último Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero se dejó en el tintero parlamentario tras el adelanto electoral del año 2011. El PP lleva trabajando en él desde el inicio de la presente legislatura y teniendo en cuenta su mayoría parlamentaria el anteproyecto es muy probable que adquiera fuerza de ley este año.


Al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el texto de reforma le “merece una valoración global positiva”. La reforma “resulta justificada, conveniente e idónea para mejorar la situación de los menores, la promoción de sus derechos y su participación en medidas y procedimientos que les afecten”, dicen los jueces.


En la misma línea, aunque con algunos matices que no hay que perder de vista, se manifiesta la Fiscalía. En su informe de julio de 2014, e Consejo Fiscal aplaudió la reforma en términos generales pero señaló que había ciertos elementos “indeterminados” e “innecesarios” e instó al Gobierno de Mariano Rajoy a recuperar algunos puntos del texto de la reforma elaborado años atrás por el PSOE.


Es el caso de la regulación que se hace del derecho del menor a ser oído, de las medidas de contención en los centros de menores con trastornos de conducta o sobre el régimen disciplinario en estos centros.