Las encomiendas de gestión y los convenios también se regulan

La Intervención General de la DGA también ha dictado órdenes para que se justifiquen estas figuras de colaboración.

Convenios firmados que en el fondo son contratos o subvenciones. La Intervención General de la DGA ha elaborado un documento de trabajo para regular la figura del convenio y evitar que bajo la apariencia de esta figura administrativa se oculten otros acuerdos que fijan un precio o la financiación de una actividad. Precisamente, la Cámara de Cuentas ha advertido reiteradamente en sus informes sobre la cuenta general del Gobierno de Aragón de que se recurría a la figura del convenio cuando realmente se trataba de una subvención encubierta. La diferencia reside en que en un convenio debe existir una contraprestación.


La Intervención General delimita los convenios a los que se celebren por parte de la DGA y sus organismos autónomos con el Estado, otras comunidades, los entes públicos e instituciones de otros Estados, las universidades públicas, las Corporaciones de derecho público, las fundaciones públicas y privadas, las personas físicas o jurídicas privadas y las entidades locales.


Estos convenios deben incluir una serie de aspectos para que pueda recibir el visto bueno de la Intervención (razones de interés público que lo motivan, objeto, financiación, plazo...).


La Intervención también ha emitido otro documento relativo a las encomiendas de gestión en el que establece que tienen que tener una memoria explicativa, otra económica, la aceptación del proyecto por parte del órgano que lo encarga, el plazo de duración, las partes que participan...