TRIBUNALES

La Audiencia juzgará al Estado por un tiroteo del que fueron autores dos presos de permiso

La Sección Tercera ordena citar a Instituciones Penitenciarias como responsable civil subsidiario del suceso, ocurrido en Las Fuentes.

Dos hermanos, Antonio y José Luis A. L., tendrán que sentarse en el banquillo por un tiroteo que se produjo en el barrio de Las Fuentes en julio de 2010, justo después de la semifinal del Mundial de Fútbol de Sudáfrica entre España y Alemania. Sin embargo, podría ser el Estado quien tenga que indemnizar finalmente a las víctimas, ya que los autores de los disparos eran presos que disfrutaban de sendos permisos.


La jueza que instruye el caso se negó a citar como posible responsable civil subsidiaria a Instituciones Penitenciarias. Sin embargo, su decisión ha sido revocada ahora por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, que no descarta posibles responsabilidades por parte de la administración. Porque si bien los hechos se produjeron en la vía pública y no en la prisión, los autores de los disparos «se encontraban sometidos, de algún modo, a reglamentación penitenciara».


Los hechos se produjeron el 8 de julio de 2010, cuando uno de los imputados disfrutaba del tercer grado -solo tenía que acudir a dormir al centro de Las Trece Rosas- y el otro, de un permiso penitenciario. Tras mantener una discusión con un grupo de jóvenes en la calle del Monasterio de la Oliva, los hermanos amenazaron con irse a casa y volver armados con pistolas. Cumplieron su palabra y terminaron hiriendo de bala a dos personas.


El caso todavía se haya en fase de instrucción y la fiscalía todavía no se ha pronunciado sobre la acusación. Sin embargo, de las declaraciones de los testigos protegidos y de los informes forenses no se descarta que los hechos puedan ser constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa. Como recuerda la Audiencia, «aunque el resultado final de las lesiones sufridas por los perjudicados no hizo temer por su vida, el medio empleado, armas de fuego, evidencia la peligrosidad de la acción criminal emprendida».


Heridas de bala en cuello y glúteo


Una de las víctimas fue alcanzada en un glúteo. «Le dispararon a la altura del muslo. La bala le entró por detrás y le atravesó la pierna de lado a lado», explicaba el día de los hechos una vecina que acudió en su auxilio. «No paraba de gritar que lo habían matado y que se iba a desangrar, así que intentamos cortar la hemorragia con un cinturón. Luego se levantó la camiseta y en el torso llevaba dos navajazos», añadió la mujer, que refugió al herido en su casa hasta que llegó la ambulancia.


Según el informe de los forenses, la trayectoria de la bala podría haber afectado a estructuras vasculares, lo que habría supuesto un riesgo vital. En cuanto a la segunda víctima, la bala le rozó el cuello. Recuerda la Audiencia que como presuntos autores de un homicidio frustrado, los hermanos pueden ser condenados a penas de hasta diez años de prisión.


El antecedente de Alcàsser


La Audiencia Nacional ya ordenó en 2005 indemnizar con 600.000 euros a los padres de cada una de las niñas de asesinada en Alcàsser (Valencia), por entender que hubo un nexo causal entre el permiso penitenciario concedido a Antonio Anglés de forma inadecuada y las violaciones y asesinatos de las tres adolescentes. La Audiencia de Valencia y el Supremo habían negado la responsabilidad civil subsidiaria del Estado cuando condenaron a 170 años de cárcel a Miguel Ricart. Sin embargo, la Audiencia Nacional reconoció después la responsabilidad patrimonial del Estado por anormal funcionamiento de los servicios públicos.


El abogado José Cabrejas, que se encarga de la defensa de uno de las víctimas, entiende que el Estado también debería ser declarado responsable civil subsidiario en el caso del tiroteo de Las Fuentes. Así lo planteó ante la juez, primero, y ante la Audiencia de Zaragoza, después. Y esta última ha entendido que el abogado del Estado tendrá que comparecer en el juicio.