TRÁFICO

La juez de Haro rechaza reabrir el 'caso Enaitz' porque está juzgado y el fiscal estuvo conforme

La juez destaca "el sorprendente y diametral cambio de criterio experimentado en este procedimiento por el Ministerio Fiscal" y añade que ella mantiene el mismo criterio que ya expuso en el auto de septiembre de 2006.

La titular del Juzgado de primera Instancia de Instrucción número 1 de Haro (La Rioja), Marta Iciar Fernández-Hierro, rechazó la reapertura del 'Caso Enaitz', el joven ciclista que falleció tras ser atropellado por un hombre que superaba el límite de velocidad y dio positivo en las pruebas de alcoholemia. Esta decisión fue tomada por la magistrada tras destacar el "sorprendente y diametral cambio de criterio experimentado en este procedimiento por la Fiscalía" y que, sin embargo, ella mantiene la misma visión que ya expuso en el auto de septiembre de 2006, "que en aquel momento el Ministerio Fiscal estimaba acertado".


El pasado 29 de abril, el Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Juan Calpasoro, solicitaba la reapertura de este caso, una decisión que ahora Fernández-Hierro rechaza porque "no comparte ninguno de los argumentos en los que se basa el Ministerio Fiscal para considerar que se encuentran ante una resolución de sobreseimiento provisional". En el documentos, además, destaca que ya en el auto dictado por este caso en septiembre de 2004 se "impide la reapertura del proceso" ya que se dictó sobreseimiento libre y archivo de diligencias.


Éste fue el primer auto redactado en este caso, según señala la magistrada en el informe, en el que relata de manera cronológica los hechos más relevantes de este procedimiento con el fin de que se comprenda el por qué de su decisión de no reabrir el caso. El siguiente paso se dio en octubre del mismo año, cuando los padres de Enaitz se personaron en los Juzgados de Haro en donde comparecieron, dictándose, al mes siguiente, que se fijaba una cuantía de 82.754 euros que debían percibir.


Posteriormente, en 2006, los progenitores de la víctima presentarían una denuncia penal contra Tomás Delgado, el conductor del vehículo que mató a su hijo. Le acusaban de "presunto delito de conducción temeraria y bajo la influencia de bebidas alcohólicas", que derivó en la incoación las diligencias previas", destaca el documento. Del mismo modo se destaca después se decretó un archivo de diligencia, "apreciándose la existencia de cosa juzgada", que fue recurrido por los padres, si bien se desestimó en hasta dos ocasiones.


Por último, la juez señala que a principios de este mismo año, en el Juzgado de Haro tuvo lugar la vista del juicio ordinario de Delegado en el que reclamaba a los padres de Enaitz 20.000 euros en concepto de los daños del vehículo. Sólo dos días antes de este acontecimiento, la familia del fallecido comparecía en la Fiscalía que acordó la incoación de diligencias informativas, a raíz de la que la fiscal jefe solicitó la apertura del caso.

Razonamiento


Estudiado el proceso judicial que se llevó a cabo desde el mismo día del accidente, la magistrada señala que "no existen motivos para afirmar que en realidad el auto de sobreseimiento libre de septiembre de 2004 es una resolución de inadmisión de denuncia", tal y como apuntaba el Fiscal. En este sentido, la magistrada destacó "el sorprendente y diametral cambio de criterio experimentado en este procedimiento", al tiempo que recordó que "cuando el procedimiento se envió a la Fiscalía, se podía haber impuesto un recurso de reforma y/o apelación contra el auto y poner de manifiesto todas las deficiencias que ahora observa, pero ninguna alegación al respecto".


Además, critica al Ministerio Fiscal, acusándole de no oponerse a las decisiones judiciales hasta este año, justo cuando el caso comienza a ser más popular en los medios de comunicación. Desde la Fiscalía, el propio Calparsoro puntualizó que se "valorará" y "estudiará" la posibilidad de presentar u recurso. El fiscal jefe del TSJ riojano afirmó tras conocer la noticia que "no tiene una opinión" sobre este dictamen pero que le toca "acatarlo".