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  • Jorge F. Español Fumanal

El ‘dictat’ de la amnistía

El ‘dictat’ de la amnistía
El ‘dictat’ de la amnistía
POL

No es el ‘diktat’ del Tratado de Versalles impuesto a la Alemania vencida en 1919, sino el ‘dictat’ del independentismo catalán impuesto a la España descosida de 2023. 

Sorprende leer en la proposición de ley de amnistía que ésta obedezca al "interés general" de España, cuando lo cierto, y esto lo sabe hasta el más incauto, es que obedece únicamente al interés partidista –que no general– de perpetuarse en el poder un partido político en retirada que va desangrándose y perdiendo cada día votos y parcelas de poder (PSOE-PSC).

Cuando Felipe González, quien se opuso a los indultos y ahora a la amnistía, ha lanzado la voz de alarma, es porque ve que su partido va declinando y perdiendo sus señas de identidad y todo cuanto fue. ¿Dónde quedan la igualdad y la solidaridad entre españoles, bandera que fue de aquel histórico partido?

No se puede creer que la exposición de motivos de la proposición de ley de amnistía sea tan chapucera, burda e ignorante. No veo a ningún magistrado del Tribunal Constitucional que vaya a decir que ese engendro antiespañol y antijurídico sea constitucional, porque de lo contrario el prestigio de estos señores caería por los suelos y seguro que serían motivo de acerbas y jocosas críticas, dejando su prestigio en la picota por los siglos de los siglos.

Esa exposición de motivos resulta tan manipuladora que hasta ignora que la amnistía siempre ha venido recogida expresamente en nuestras constituciones más democráticas (1869 y 1931), salvo la actual de 1978, porque lógicamente la expulsa de su ordenamiento al considerarla ya algo obsoleto y medieval que chocaba con la división de poderes. Las dos constituciones más democráticas anteriores a la de 1978, recogían expresamente en su texto la amnistía, algo que la vigente ya no lo hace. Así, el artículo 74.5 de la Constitución de 1869 decía que el Rey necesitaba estar autorizado por una ley "para conceder amnistías e indultos generales". La Constitución republicana de 1931, para poner coto al festival de gracias generales otorgadas por la monarquía restaurada en 1876, en su artículo 102, ponía coto a esa práctica corrupta: "Las amnistías sólo podrán ser acordadas por el parlamento. No se concederán indultos generales. En los delitos de extrema gravedad podrá indultar el presidente de la República, previo informe del Tribunal Supremo y a propuesta del Gobierno responsable".

La Ponencia que debatió el proyecto constitucional en 1978 consideró la posibilidad de incluir posibles amnistías, pero finalmente decidió rechazarla

La razón de que la vigente Constitución de 1978 haya excluido de forma expresa la amnistía de su ordenamiento, la vemos en la enmienda a su texto número 744 de fecha 20 de enero de 1978 del Sr. Lloréns Barges (UCD), que ha descubierto este abogado, que decía lo siguiente e iba incursa en el art. 109 del proyecto –hoy artículo 119–: "Se prohíben los indultos generales. Los individuales serán concedidos por el Rey, previo informe del Tribunal Supremo y del Fiscal del Reino, en los casos y procedimientos que las leyes establezcan. Las amnistías solo podrán ser acordadas por el Parlamento".

Esta enmienda se debatió en la ponencia y la posible amnistía, de incluirse, quedaría inserta en dicho artículo referido a los indultos: "La enmienda n.º 744 del Sr. Lloréns Barges es aceptada por la ponencia en cuanto propone un art. 109 relativo a la prohibición de indultos generales, aunque acuerda regular esta materia junto con el derecho de gracia". Finalmente desaparecería la amnistía del derecho de gracia del artículo 62, dejando claro el constituyente que proscribía totalmente su uso, al ser incompatible con la separación de poderes en un Estado de derecho social y democrático.

Esta ley de autoamnistía está hecha por los propios delincuentes, quienes, saltándose a los órganos judiciales, acaban autoabsolviéndose a sí mismos, humillando al Poder Judicial, al que tachan de antidemocrático y carcelero. Luego más tarde, en alguna enmienda que plantearán, irán a por él (‘lawfare’).

Como todavía queda gente decente y de espíritu libre y democrático en el PSOE, cabe desear que dicho partido se ponga cuanto antes en manos del abogado y presidente de Castilla-La Mancha Emiliano García-Page, para devolverle así la centralidad y la cohesión, aunque cada día que pasa el partido se va desintegrando rápidamente en Aragón, Andalucía, las dos Castillas, Galicia, y Cataluña también. La amnistía y los indultos serán la tumba política del arribista Pedro Sánchez, como le ocurrió a Gerald Ford cuando pactó el autoindulto que concedió al dimisionario presidente Nixon, un caso de corrupción política estudiado en todas las facultades de Derecho norteamericanas (te entrego la presidencia a cambio de que luego me indultes).

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