Otra ronda de ‘efectos indeseados’...y muy dañinos

Libertad para los condenados por el 'procés'.
Otra ronda de ‘efectos indeseados’...y muy dañinos
Europapress

Es fácilmente imaginable el estupor de Manuel Marchena, presidente de la Sala del Tribuna Supremo que juzgó a los encausados por el ‘procés’, cuando viera esfumarse el Código Penal el delito más grave por el que se les impuso condena. 

Cuando los redactores de la sentencia definieron la declaración de independencia de Cataluña como una “ensoñación”, seguro que estaban lejos de pensar que el Gobierno se lo tomaría tan al pie de la letra que un día no muy lejano borraría del mapa jurídico la figura que castigaba en España los intentos de secesión sin violencia. Eso sí que dejarlo en una ensoñación de verdad.

Indultados los condenados, eliminada la secesión y rebajada la malversación, como por arte de birlibirloque, el ministro Félix Bolaños dio por terminado el proceso independentista y decretó la desjudicialización del ‘conflicto político’ en Cataluña.

Pero las cosas no son tan sencillas. Al Supremo llegó la revisión de condenas para su adaptación al Código Penal reformado. Y ha dictaminado que, desaparecido el delito de sedición, Oriol Junqueras pasa a ser condenado por un delito de desobediencia con malversación agravada, con inhabilitación hasta 2031. Otro ‘efecto indeseado’ para el Gobierno, que pactó con ERC una malversación a la carta para que el líder independentista pudiera volver pronto a la política. Pero lo que es un efecto catastrófico para la democracia es que, como advierte el Supremo, la la reforma deja sin castigo un nuevo intento de sedición sin violencia. Otra chapuza jurídica por enmendar.

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