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  • José Tudela Aranda

De nuevo, el ‘referéndum’

El presidente de la Generalidad de Cataluña, Quim Torra, sostiene la misma urna en la que depositó su papeleta el 1-O.
De nuevo, el ‘referéndum’
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El pasado 27 de septiembre, en el Parlamento de Cataluña, el presidente Aragonès expuso su intención de plantear un "acuerdo de claridad" al Estado, es decir de explorar la llamada vía canadiense. 

Con motivo del reciente mensaje navideño ha vuelto a reiterarlo: tras la ‘cuasi’ amnistía lograda por la derogación del delito de sedición y la rebaja del delito de malversación, es el turno del reconocimiento y eventual ejercicio de la autodeterminación. Por otro lado, el 18 de noviembre en ‘La Vanguardia’, el prestigioso jurista Juan-José López Burniol publicó un artículo expresivamente titulado ‘Hacia la autodeterminación de Cataluña’, en el que advertía del serio riesgo de disolución del proyecto histórico que conocemos como España. Un cuadro que se completa con las declaraciones de Salvador Illa, primer secretario del PSC sobre la necesidad de celebrar una consulta para resolver el contencioso catalán. El presidente del Gobierno ha respondido negando cualquier viabilidad a un eventual referéndum de autodeterminación. En todo caso, el eje central del ‘procés’ ha resucitado.

El núcleo del ‘procés’, la celebración en Cataluña de un referéndum de autodeterminación, vuelve a estar sobre la mesa

Por todo ello, es conveniente que, cuanto antes, se aclaren algunas cuestiones. La primera de ellas es evidente: en el marco constitucional español no cabe la posibilidad de celebrar consulta alguna sobre la secesión. E, inmediatamente, hay que indicar que, lejos de ser una anomalía democrática, se trata de la regla general: sólo las constituciones de San Cristobal y Nieves y Etiopía recogen el derecho de autodeterminación. La indivisibilidad del Estado es un axioma ratificado por los más altos tribunales, que vienen negando reiteradamente el mencionado derecho (Estados Unidos, Italia, Gran Bretaña, Alemania…). En este punto, lo más importante es destacar que no cabe atajo alguno: no hay posibilidad de celebrar un referéndum consultivo sobre esta cuestión y no se puede facilitar una consulta restringida a Cataluña mediante una reforma del Estatuto de autonomía.

Junto a lo anterior, es preciso regresar a Canadá y a la doctrina establecida por su Tribunal Supremo. No hay posibilidad de extender sus fundamentos a nuestro ordenamiento. Por una parte, el marco constitucional de Canadá es distinto del español, con la diferencia fundamental en este punto de que la Constitución de Canadá no declara la indivisibilidad del país. Con todo, el Tribunal Supremo no reconoció el derecho a la autodeterminación de Quebec. Lejos de ello, declaró que la decisión sobre el destino de Canadá correspondía a los representantes de todo el Estado, a su Parlamento. Lo único que estableció es que si en un territorio determinado se llegaban a dar las condiciones establecidas en su auto, era obligado que se procediese a una negociación leal, sin un resultado obligatorio. Una doctrina que, como señaló Alberto López Basaguren, supone una anomalía en el derecho comparado y que sólo es comprensible desde la tradición jurídica canadiense. Frente a la argumentación nacionalista ni en Canadá ni en Gran Bretaña (como se ha podido comprobar recientemente) se reconoce el derecho de autodeterminación.

La respuesta tiene que ser muy clara: tal consulta resulta imposible por ser contraria a la Constitución y al principio democrático

El fantasma del ‘derecho a decidir’ ha regresado. Lo hace cuando todas las encuestas subrayan, tanto en el País Vasco como en Cataluña, un descenso de los partidarios de una eventual independencia, siendo sus partidarios claramente minoritarios en ambos territorios. Se volverán a escuchar apelaciones al principio democrático. La respuesta debe ser clara, rotunda y sin asomo a la esperanza: semejante consulta no es posible. No sólo porque lo impida la Constitución. También porque el principio democrático es la conjunción de un delicado sistema de equilibrios que impiden que se formalice una consulta que sólo puede tener como finalidad alcanzar un atajo para el reconocimiento de la soberanía: si se celebrase hoy, los nacionalistas lo saben, la consulta sería un fracaso para sus intereses. Pero el precedente estaría establecido: de forma implícita se habría reconocido su soberanía, sorteando así la voluntad del conjunto de los españoles.

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