Por
  • Yolanda Gamarra

Reciprocidad

El ministro de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación, Josep Borrel.
El español Josep Borrell, Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores,
Efe

El 29 de junio se produjo uno de los últimos incidentes diplomáticos entre el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores, el español Josep Borrell, y el Gobierno de Venezuela con el anuncio de la expulsión de la embajadora de la UE en Caracas. Ello se produjo tras el acuerdo de los Estados miembros de la UE de adoptar sanciones contra el presidente electo de la Asamblea Nacional y una decena de altos funcionarios. Dos días después del incidente, el régimen de Maduro dejó sin efecto la expulsión de la embajadora de la UE.

La respuesta del Alto Representante no se hizo esperar. En un tuit expresó su condena y rechazo a "la expulsión de nuestra embajadora en Caracas". Y apostillaba: "Tomaremos las medidas habituales de reciprocidad". Y es cierto que el recurso a la reciprocidad es una medida utilizada con cierta frecuencia por los Estados. La reciprocidad es una de las instituciones del derecho internacional que cuenta con abundante práctica en la historia de las relaciones entre los Estados. Al invocar el recurso al uso de la reciprocidad se estaba refiriendo "que las garantías, beneficios y sanciones que un Estado otorga a los ciudadanos o personas jurídicas de otro Estado deben ser retribuidos por la contraparte de la misma forma". Está claro que Borrell actuaba conforme a la legalidad internacional. Ahora bien, la crisis de Venezuela tiene naturaleza política aún cuando existe una retórica jurídica común entre los internacionalistas, y esa retórica debe asentarse en principios esencialmente en pugna, políticos, para justificar los resultados de la disputa internacional.

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