Estado
Recuerda el profesor Juan Pro en su último, y excelente, libro ‘La construcción del Estado en España’, que el momento en el que se estableció la separación entre la Hacienda Pública y el Patrimonio Real fue un hito decisivo en la modernización del país. Esta importante diferenciación de ámbitos, formaba parte de las nuevas ideas del liberalismo que recorrían Europa y América y quedó convenientemente reflejada en la Constitución de Bayona (1808), que en esta, como en otras muchas cosas, introducía a los españoles en los caminos de la modernidad administrativa. También la Constitución de Cádiz, asignando al monarca una dotación económica anual, y estableciendo los recursos a su disposición, dejaba claro que el resto de los bienes eran de la nación y el rey no tenía ningún derecho sobre ellos. A pesar de que la ley estableciera nuevos criterios sobre lo que eran los bienes del Estado y lo que eran bienes del monarca, los borbones del XIX se mostraron obstinados en suspender la norma (Fernando VII) o en no entenderla (Isabel II) en esta delicada cuestión.
La renuncia de Felipe VI a la herencia que le pueda corresponder de su padre atrae la mirada sobre el patrimonio real y pone de manifiesto el delicado vínculo que en una monarquía constitucional existe entre la dimensión pública e institucional del rey y su faceta familiar y privada. Ambas, sin distinción, repercuten directamente sobre los pilares del régimen. Y recuerdan el enorme esfuerzo realizado hace ya más de dos siglos para separar lo público de lo privado en el entorno del rey.