Por
  • Gonzalo Castro

Cuestión de responsabilidad

Última sesión del juicio del 'procés'.
Última sesión del juicio del 'procés'.
Efe

Los dirigentes del ‘procés’ secesionista en Cataluña actuaron creyendo que no tendrían que asumir sus responsabilidades, pero se toparon con el Código Penal. Pronto conoceremos la sentencia y, por mucho que les pese, la irresponsabilidad está descartada.

Winston Churchill dijo en una ocasión que el precio de la grandeza residía en la responsabilidad; sin embargo, durante mucho tiempo, la irresponsabilidad fue precisamente uno de los rasgos que mejor definían al poder. Para el absolutismo, la ausencia de motivación representaba una regla de prestigio; de los reyes se decía que lo eran en tanto podían mandar a sus súbditos sin dar explicaciones. El obligar a exponer las razones de hecho y de derecho en las que se fundan las decisiones, constituye uno de los primeros límites que se plantearon frente a la arbitrariedad. A partir de ahí, poco a poco, otras inmunidades irían cayendo hasta alcanzar la situación actual, donde el control de la actuación de los poderes públicos, así como el de sus repercusiones, se articula de manera complementaria a través de dos modelos de responsabilidad: uno de corte jurídico y el otro político.

Pese al indudable avance experimentado desde las revoluciones liberales de los siglos XVIII y XIX, el sistema sigue teniendo puntos ciegos, principalmente, en lo que se refiere a su vertiente política, que opera dentro de un elevado margen de discrecionalidad. A diferencia de los mandatos jurídicos, que presentan, en líneas generales, un carácter tasado y reglado, las exigencias políticas resultan más indeterminadas y asumirlas o no depende de factores tan difusos como la ética personal, la presión ciudadana o la coyuntura de cada momento. Por ejemplo, recientemente, la Corte Suprema del Reino Unido declaró ilegal el cierre del Parlamento impuesto por Boris Johnson, al considerar que se trataba de una maniobra ilegítima dirigida a sustraer al Gobierno de la vigilancia del poder legislativo. Pese a la gravedad de este pronunciamiento, al margen de ver revocada su orden, por lo demás, el primer ministro no ha salido perjudicado, y es que un acto puede ser anulado y aun así no llevar aparejado un castigo jurídico para su autor, quedando la depuración de responsabilidades reservada en esos supuestos al ámbito político. Otro dirigente en su lugar hubiera dimitido voluntariamente tras haber involucrado en una acción ilegal a la Reina, pero cuando la decisión queda a expensas de la persona afectada, siempre cabe la opción de no tomarla, como ha sucedido en este caso y en otros tantos.

De facto, muchos políticos superponen la responsabilidad legal a la responsabilidad política, de tal forma que si no existe la primera, no aceptan la segunda; e incluso entonces, los hay que solo se sienten obligados cuando recae sobre ellos una sanción penal, administrativa o contable de cierta entidad. Teóricamente, siempre cabría saldar cuentas en las urnas, pero las elecciones no son el mejor lugar donde individualizar culpas, al intervenir otros factores dentro de la competición partidista, siendo aún mayores las limitaciones en los sistemas de listas cerradas y bloqueadas. En el peor de los casos, el mayor riesgo al que se enfrentan en unos comicios es a no salir reelegidos y nada más. En este marco, los partidos independentistas, poco acostumbrados, igual que otras fuerzas, a soportar el peso real de sus decisiones, iniciaron una imprudente senda que los iría alejando de las lindes de la responsabilidad política para entrar de lleno en el ámbito de la legal, hasta dar de bruces con el Derecho penal.

A pocos días de que se conozca la sentencia del juicio del ‘procés’, las formaciones independentistas siguen presas de varios oxímoron. Al mismo tiempo que piden la absolución para los acusados, amenazan, incluso en sede judicial, con volverlo a hacer, lo cual, aparentemente, es contradictorio. Siguiendo a Max Weber, todo Estado ostenta sobre el territorio y la población que controla el monopolio de la violencia legítima. Corolario de ello, para constituir un nuevo país, previamente ha de lograrse dicho monopolio. Si de verdad aspiraban a la independencia unilateral de Cataluña, como prometieron a sus electores, sabiendo que España nunca la aceptaría, tenían que contar con planes para imponerla de manera forzosa, lo que podría sustentar los cargos de rebelión si no en grado de consumación al menos como conspiración. Lo que no cabe es que no hicieran nada y que a la vez respetaran su palabra; o son culpables ante la ley o lo son frente a sus votantes. Durante el procedimiento judicial, optaron mayoritariamente por una defensa política en vez de una técnica y a ello tendrán que atenerse. Por mucho que les pese, la irresponsabilidad total está descartada de raíz.

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