TERRORISMO

Revocada la orden que prohibía la exhibición de fotos de etarras 

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) revoca la orden del Ejecutivo de López porque estima que no ha probado su sospecha de que se vayan a producir delitos en tres actos que la asociación de apoyo a los presos de ETA Etxerat tiene previsto celebrar en Guipúzcoa.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha revocado la orden del Departamento de Interior del Gobierno autonómico que prohibía a la asociación de apoyo a los presos Etxerat exhibir fotos de reclusos de ETA en tres actos que prevé desarrollar en Arrasate-Mondragón (Guipúzcoa), porque estima que el Ejecutivo vasco no ha probado su sospecha de que se vayan a producir delitos.


En la resolución, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV ha expuesto que si Interior tiene la sospecha de que en esas concentraciones de Etxerat se puede llegar a enaltecer el terrorismo o se podrían producir alteraciones del orden público, debiera haberse prohibido su mera celebración.


Según ha explicado, si no se han prohibido ni se han cuestionado sus lemas y motivos, el tribunal no ve razón constitucional para que se pueda impedir una exhibición de fotografías.


La resolución indica que Interior conocía el lema, "Etxean nahi ditugu" (Los queremos en casa), "alusivo al motivo reivindicativo de las concentraciones, que es exclusivamente el de denunciar la política penitenciaria de dispersión que afecta a tales presos, expresada desde el ámbito de una asociación legalizada -Etxerat-, formada por familiares y allegados de aquellos, y circunscrita a la situación de los presos de la localidad de Arrasate donde se celebran".

Faltan elementos probatorios

El TSJPV establece que, si el Gobierno vasco no ha prohibido dichos actos, a la Sala le faltan elementos probatorios para actuar limitando el derecho de manifestación, ya que Interior ha afirmado que en otras ocasiones se han desarrollado concentraciones similares sin incidentes.


Así, los magistrados exponen: "Nos encontramos ante manifestaciones que no han sido prohibidas" por la autoridad gubernativa, "ni por razones de ilicitud penal, ni por riesgo de alteración del orden publico con lesión para bienes y derechos, u otras transgresiones de derechos fundamentales".  

Reacciones

El presidente del PP, Mariano Rajoy, ha dicho que no le "gusta" la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que permite a Etxerat exhibir fotos de etarras porque es "un acto de exaltación del terrorismo".


"No me parece lo más edificante, en un país justo, democrático y libre, el que se promocione a un asesino, y por tanto, la sentencia no me gusta y estoy en desacuerdo", ha recalcado.


Tras señalar que comprende que las leyes tienen que ser interpretadas por los jueces y que, "como es natural" debe acatar sus decisiones, el líder del PP ha manifestado: "A mí no me gusta".


Ha insistido en que poner carteles "con la cara de un señor que ha asesinado a un semejante, a un ser humano, o que ha extorsionado, o que ha puesto una bomba", le parece "exaltación del terrorismo".


Rajoy se ha referido además a la decisión del juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez que ayer impidió testificar a una mujer que compareció cubierta por completo por un burka.


Ha hecho hincapié en que la libertad de costumbres en el ámbito de lo privado está "muy bien", mientras que en el ámbito de lo público "hay que cumplir la ley y el ordenamiento jurídico.


Rajoy ha afirmado estar a favor de que "las personas que vengan a España legalmente, tengan los mismos derechos que los españoles, pero también las mismas obligaciones".


"Si no, esto no va a funcionar. En eso hay que ser muy contundente. Si esta señora tiene que ir allí, que vaya como vamos los demás, que es como diga la ley y el juez", ha concluido.

Tener en cuenta la segunda intención

El presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Juan Luis Ibarra, ha considerado que si el Gobierno vasco "intuía" que detrás de la exhibición de las fotos de presos de ETA en las concentraciones de Etxerat "había una segunda intención", debía haberlo probado para que fuera prohibida. 


Ibarra ha aclarado que la sentencia en la que se revoca la orden de Interior que prohibía que se mostraran imágenes de presos de ETA en los actos convocados por la organización Etxerat "no autoriza el uso de esas fotos, sino que más bien plantea la contradicción de que debía haberse impedido" la celebración de esos actos.


Ibarra no ha participado personalmente en la resolución de dicho recurso pero avala la sentencia ya que, ha analizado, el Gobierno vasco había planteado una cuestión "absolutamente novedosa" al permitir unas concentraciones de una organización de apoyo a presos de ETA y autorizar también su lema, pero dictar una limitación a las manifestaciones iconográficas para exhibir fotos de presos.


Esa cuestión "tan particular y compleja debía haberse probado", ya que "no resulta notorio" que manifestarse a favor del acercamiento de presos no vulnere la Ley de Reconocimiento y Protección de las Víctimas del Terrorismo y que, sin embargo, hacerlo con una foto sí pueda ser delito, ha añadido.


La Sala no ha variado "un ápice su postura" sobre la interpretación de lo que puede representar una ofensa a las víctimas del terrorismo, según Juan Luis Ibarra, y ninguno de sus magistrados "tiene ninguna duda de que mostrar esas fotos es un delito", ha asegurado.


Pero, "si el Gobierno Vasco veía una segunda intención detrás de esas fotos debía haberlo probado" y haber argumentado que con ellas "no solo se reclamaba el acercamiento" de los presos a sus lugares de origen, como exponían los convocantes, sino que además esas imágenes son un homenaje o exaltación a esos terroristas.