TRIBUNALES

El CGPJ autoriza a Garzón a marcharse a La Haya

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) decidió este martes conceder permiso al juez Baltasar Garzón, suspendido de sus funciones en la Audiencia Nacional la semana pasada, para incorporarse a la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional (TPI) como colaborador externo. La Comisión Permanente -integrada por Carlos Dívar, Almudena Lastra, Manuel Almenar, Margarita Robles y Antonio Dorado- se reunió en la sede del Consejo en Madrid para analizar los últimos cinco informes que se habían solicitado para estudiar la petición del juez Garzón. El informe de la Fiscalía General del Estado apoyaba el traslado al considerar que la labor que desarrollará en este organismo "no es de ningún modo jurisdiccional", por lo que no conlleva "ningún tipo de inmunidad procesal".


Asimismo, el Tribunal Supremo remitió otro informe al CGPJ certificándole que en ninguna de las tres causas que se siguen contra Garzón "se han adoptado medidas cautelares que impidan la residencia fuera de España del mencionado magistrado".


Estos dos informes se suman a los que el pasado lunes emitieron el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, que considera "de interés" la presencia de Garzón en La Haya, y la Fiscalía del propio Tribunal Penal Internacional, que defiende que la suspensión del juez no supone "ningún obstáculo" para el acceso del magistrado a un puesto de asesor en este departamento.


El informe de la Fiscalía "informa favorablemente" de la solicitud de servicios especiales solicitada por Garzón para incorporarse como asesor del fiscal del TPI, al entender que este traslado resulta "materialmente irrelevante" a los efectos de la finalidad perseguida por la medida cautelar de suspensión, en cuanto la actividad para la que se requiere "no comporta el efectivo ejercicio de jurisdicción".


Tras recalcar que los hechos que se imputan a Garzón en el Tribunal Supremo en las causas sobre la Memoria Histórica, los cursos de Nueva York y las escuchas de la Gürtel no presentan, a su juicio, "caracteres de delito", la Fiscalía recuerda que únicamente la suspensión definitiva de un juez puede afectar a la situación administrativa en que se encuentre, según establece la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).


La resolución, que lleva la firma del teniente fiscal del Supremo, Juan José Martín-Casallo, también destaca que no hay "obstáculo" para que el "magistrado suspenso" pueda pasar a la situación de servicios especiales en la medida en que ésta "no se oponga a la propia naturaleza cautelar o a la eficacia de la suspensión", sea por resultar "incompatible" con el "apartamiento efectivo" del magistrado o bien por "obstaculizar objetivamente el normal desenvolvimiento del proceso penal del que dicha suspensión trae causa".


En este sentido, la Fiscalía concluye que por "razones de coherencia" debe promover un criterio de interpretación normativa "especialmente restrictivo" en relación con todas aquellas medidas cautelares que, "aun no vulnerando ciertamente el principio de presunción de inocencia, determinen una limitación significativa y no absolutamente imprescindible de derechos de quien, más allá de tal presunción, ha sido considerado efectivamente inocente" por esta parte.