La amnistía excluye los delitos de terrorismo cuando exista condena firme y las torturas

Se queda ahora en el aire una posible amnistía para dos de las causas abiertas al independentismo por terrorismo: la de las protestas de Tsunami Democràtic y la de los CDR encausados por planificar actos de sabotaje en repuesta a la sentencia del procés.

Disturbios en Barcelona
Disturbios en Barcelona
Agencias

La ley de amnistía excluye el perdón para los delitos de terrorismo cuando exista una condena firme y hayan consistido en alguna de las conductas previstas en las directivas europea, que abarcan desde atentados mortales a la fabricación de explosivos, así como los de torturas.

Esa exclusión deja ahora mismo en el aire una posible amnistía para dos de las causas abiertas al independentismo por terrorismo: la de las protestas de Tsunami Democràtic, en la que la Audiencia Nacional investiga al expresidente catalán Carles Puigdemont, y la secretaria general de ERC Marta Rovira, así como la de los CDR encausados por planificar actos de sabotaje en repuesta a la sentencia del procés.

Otro de los delitos que quedan fuera de la ley de amnistía son los de torturas o tratos inhumanos o degradantes previstos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, "siempre que superen un umbral mínimo de gravedad".

De esa forma, se abre la puerta para la amnistía de los policías nacionales y guardias civiles encausados por las cargas para impedir el referéndum del 1-O, siempre que no hayan incurrido en conductas de extrema gravedad.

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