"La amnistía es claramente inconstitucional"

El Ejecutivo de Sánchez dictaminó en un informe oficial hace dos años la ilegalidad de una ley de borrón y cuenta nueva para el 'procés'.

Ejemplar de la Constitución Española de 1978 guardado en el Congreso de los Diputados.
Ejemplar de la Constitución Española de 1978 guardado en el Congreso de los Diputados.

Al Gobierno no solo le compromete la hemeroteca -que también- a la hora de aprobar una amnistía para los líderes del 'procés'. La ley de borrón y cuenta nueva en la que trabajan el PSOE y Sumar para hacerse con los votos de Junts para la investidura de Pedro Sánchez fue rechazada públicamente por el propio jefe del Ejecutivo, quien en campaña sentenció que, "desde luego, la amnistía no entra dentro de la Constitución española".

También ante cámaras y micrófonos en los últimos meses o años otros miembros o exmiembros del Ejecutivo de Sánchez han declarado solemnemente que una medida de gracia semejante no cabría en la Carta Magna. Voces de políticos que son juristas de profesión como Juan Carlos Campo, exministro de Justicia y actual magistrado del Constitucional; Carmen Calvo, exvicepresidenta y catedrática en Derecho Constitucional; o Fernando Grande-Marlaska, juez de la Audiencia Nacional. Pero también se han manifestado en contra en los últimos tiempos otros ministros o exministros de los gabinetes de Sánchez como José Luis Ábalos, Luis Planas, Miquel Iceta, Salvador Illa y Félix Bolaños.

Las palabras se las lleva el viento y unas declaraciones públicas no tienen valor en Derecho. Lo que va a tener mucho más difícil de revertir el Gobierno para sacar adelante esa polémica ley de amnistía -coinciden los juristas consultados- es la propia doctrina que este mismo Ejecutivo defendió, esta vez negro sobre blanco y con efectos jurídicos, sobre esa ley de olvido en los informes jurídicos que emitió hace poco más de dos años para indultar a los líderes del 'procés'. En esos nueve documentos oficiales, idénticos en su argumentario, el Ejecutivo de Sánchez zanjó sin ambages: "La amnistía es claramente inconstitucional". Aquella premisa fue defendida en casi idénticos términos por la Fiscalía y el Supremo.

Ministerio de Justicia: "Nadie está por encima de la ley"

En las 33 páginas que componían cada uno de los nueve informes fechados el 22 de junio de 2021 (con los membretes del Ministerio de Justicia y la firma de Campo, entonces titular de Justicia) se defendían los indultos como la forma adecuada para pasar página del 'procés' porque "a diferencia de la amnistía, claramente inconstitucional, que se reclama desde algunos sectores independentistas, el indulto no hace desaparecer el delito". El eje argumental del documento pasaba por negar la legalidad de una eventual amnistía en tanto en cuanto "la base de nuestra convivencia radica en el imperio de la ley, y ello se traduce en que nada ni nadie están por encima de ella".

Sánchez arguye ahora, para ir allanando el camino hacia el borrado del 'procés' que exigen Junts y ERC, que una crisis política nunca tuvo que derivar en acción judicial. Pero en el verano de hace dos años la opinión jurídica de su Gobierno era otra: aplaudía esa respuesta judicial a la intentona secesionista. "La democracia española dio una respuesta dentro de la ley a quienes se situaron fuera de la ley", apuntaba de forma taxativa el ministerio de Campo. "En este contexto, la respuesta del Estado era obligada", remarcaba el Ejecutivo, que hacía hincapié en la viabilidad legal del perdón (indulto), pero no la de hacer desaparecer de un plumazo la comisión de un delito (amnistía).

Fiscalía: hasta doce citas contra la medida

En las 310 páginas de los informes de la Fiscalía sobre los indultos del 'procés', el Ministerio Público, que se mostró en contra del perdón, hizo hasta doce menciones a la doctrina del Supremo según la cual en la Constitución no caben las amnistías. En particular, a la sentencia de noviembre de 2013 -la que anuló un indulto del Gobierno de Rajoy a un conductor kamikaze condenado a 13 años de cárcel por matar a otro hombre- que destacaba "el carácter excepcional del indulto y la imposibilidad de conceder indultos generales", que equiparaba a la amnistía. La Constitución, parafraseaba la Fiscalía al Supremo, se limita a dar su visto bueno a "los indultos particulares, al excluirse del derecho de gracia tanto los de carácter general como la amnistía". Los cuatro fiscales del 'procés' argumentaron incluso en contra del indulto por considerarlo una decisión "tan injustificada como arbitraria", por lo que, afirman fuentes fiscales, con más motivo ahora la institución debería oponerse a la amnistía.

Tribunal Supremo: medio propio de "regímenes totalitarios"

En el informe en el que rechazaba de plano los indultos a los cabecillas independentistas, el tribunal que juzgó el 'procés', con Manuel Marchena a la cabeza, también mostró su oposición radical a una amnistía, un "instrumento jurídico de sentencias injustas". Aunque los magistrados dijeron que se abstendrían de "abordar el debate sobre la constitucionalidad" de la medida alegando que esto "desbordaría los términos" propios del informe, lo cierto es que sí lo hicieron al subrayar que "en no pocos casos" la amnistía ha sido el medio propio de "regímenes totalitarios" para borrar "gravísimos delitos contra las personas y sus derechos fundamentales".

"De la memoria colectiva forman parte decisiones políticas de amnistía que sirvieron para ocultar delitos cuyo perdón y consiguiente impunidad pretendieron disfrazarse mediante el eufemismo de leyes de punto final, que tuvieron que ser neutralizadas, precisamente, por los tribunales", zanjó el alto tribunal.

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