Absuelto un padre que golpeó al hombre que intentó raptar a su hija de 11 años en Irún

La sentencia entiende probado que el "detonante" de la torta fue el "temor" a una agresión "inminente" hacia su esposa, lo que le llevó a actuar "en legítima defensa" de la mujer.

Audiencia de Guipúzcoa.
Audiencia de Guipúzcoa.
Archivo histórico provincial de Guipúzcoa

Un padre que propinó un tortazo a un hombre que momentos antes había intentado raptar a su hija de 11 años, cuando la pequeña se encontraba en una calle de Irún (Guipúzcoa), ha sido absuelto del delito leve de lesiones que le imputaron la Fiscalía y el secuestrador, quien ha sido condenado a dos años de cárcel.

Para absolver al padre, la sentencia del caso, dictada por la Sección Primera de la Audiencia de Guipúzcoa, le aplica la eximente completa de legítima defensa de un tercero, al entender que el bofetón fue un "acto reflejo" para evitar que el otro varón agrediera a su esposa y madre de la niña, también presente en el lugar de los hechos en aquel instante.

El texto judicial considera por otra parte que el secuestrador incurrió en un delito de detención ilegal en grado de tentativa con la atenuante de intoxicación etílica por el que, además de los citados dos años de prisión, le prohíbe acercarse a la niña y comunicarse con ella durante cinco años. 

Paseaba a su perro 

Según recuerda la resolución, a la que ha tenido acceso EFE, los hechos sucedieron sobre las 21.10 horas del 10 de septiembre de 2021, cuando el condenado se acercó a la niña que paseaba su perro en las inmediaciones de su domicilio, le dijo "vente conmigo, vente conmigo" y la agarró "de los brazos" y "del vestido" con la intención de "llevársela contra su voluntad".

No obstante, "la niña se zafó y comenzó a gritar" lo que atrajo la atención de su madre, quien bajó de su vivienda y se encontró, ya en las proximidades del portal, con su hija, quien le relató lo sucedido, mientras la progenitora alcanzaba a ver a un hombre que "se alejaba apresuradamente" del lugar. En ese instante "se encaró" con él y le preguntó si pretendía "llevarse" a su hija, a lo que éste respondió que no había hecho "nada" a la menor".

Llegó entonces al lugar el padre que, tras ser informado por la madre, se dirigió al hombre, quien había comenzado a "hacer gestos con las manos", se las sujetó y le espetó: "Tú quieto aquí conmigo hasta que venga la Policía".

Intentó agredir a la madre

Seguidamente, pidió a su esposa que fuera a su casa "a calmar a la niña y llamar a la Policía", momento en el que el secuestrador "liberó sus manos" y "levantó los brazos en alto intentando agredir" a la mujer.

En esa situación, el padre de la menor "temiendo por la integridad" de su esposa, propinó "un tortazo en la cara" al agresor lo que, "unido al estado de ebriedad" en el que se encontraba el varón, provocó que se desestabilizara y cayera, "golpeándose en la zona occipital y quedando semiinconsciente".

"Alarmado" por lo ocurrido, el padre ayudó al hombre a "colocarse en posición lateral de seguridad" y pidió una ambulancia en el momento en el que llegaba al lugar una patrulla de la Ertzaintza. Legítima defensa

Ahora, en el caso del padre, la sentencia entiende probado que el "detonante" de la torta fue el "temor" a una agresión "inminente" hacia su esposa, lo que le llevó a actuar "en legítima defensa" de la mujer.

Por otra parte, la resolución otorga "total credibilidad" al testimonio de la menor, para condenar al hombre que intentó raptarla ya que su relato, aunque "escueto", resultó "muy concreto y clarificador", además de haber respondido a las preguntas que se le hicieron "de forma llana" pero "creíble, contundente y sin dubitaciones" y estar "corroborado" por otros elementos.

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