elecciones generales

El último día para votar en urna en los consulados y embajadas es este jueves

El censo de residentes en el extranjero ha aumentado en 196.751 personas respecto al de hace casi cuatro años, según datos del Ministerio del Interior.

Tratletas en campaña.
Tratletas en campaña.
H. A.

La posibilidad de voto presencial en urna en las embajadas, consulados y otros centros habilitados en el extranjero que pueden hacer los españoles residentes en el exterior para las elecciones generales termina este jueves, día 20.

Tienen la opción de votar en urna los más de 2,3 millones los españoles que residen habitualmente en el extranjero y que pueden participar en estas elecciones sin necesidad de solicitar con antelación esa opción, ya que son los primeros comicios generales en los que ya no está vigente el voto rogado, que rigió entre 2011 y 2022.

Las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral han remitido en las últimas semanas a los domicilios de esos 2.325.310 de electores inscritos a fecha 1 de marzo en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (CERA) tanto las papeletas para que elijan sus votos al Congreso y al Senado como el certificado censal.

Las papeletas las han podido descargar también de internet, ya que esta era otra novedad de la última reforma de la Ley Orgánica reguladora del Régimen Electoral General (Loreg), al igual que la supresión del voto rogado.

Otra novedad era la ampliación del tiempo en el que está disponible el voto en urna, con más días (han estado abiertas las urnas desde el sábado 15) y más horas, pues se ha fijado en la ley que las urnas tienen que estar disponibles en los horarios tanto de mañana como de tarde propios del país en que se encuentren.

La posibilidad de votar por correo para los inscritos en el CERA acabó el martes 18.

El censo de residentes en el extranjero ha aumentado en 196.751 personas respecto al de hace casi cuatro años, el de las anteriores elecciones al Congreso y el Senado, según datos del Ministerio del Interior.

Aunque son las primeras elecciones generales desde la supresión del voto rogado, el nuevo sistema ya fue usado en los comicios a doce parlamentos autonómicos del 28 de mayo.

Los residentes en el exterior pueden votar en las elecciones legislativas (europeas, generales y autonómicas), pero no en las municipales.

¿Y si el que vive fuera está de vacaciones en España?

Los residentes en el extranjero que estén temporalmente en España pueden votar por correo de igual forma que los que viven en España, pero solo podrán hacerlo si hicieron su solicitud de voto por correspondencia, cuyo plazo acabó el jueves 13.

Si así lo hicieron, pueden enviar sus votos como muy tarde este jueves, día 20, para que llegue a tiempo a las mesas electorales este domingo.

¿En qué provincia votan los que viven en el extranjero?

En España no hay circunscripciones electorales específicas para los que residen en el extranjero, como existen en Francia y otros países.

Por consiguiente, tienen que estar adscritos a una de las territoriales, que son 52 para el Congreso (las 50 provincias más las dos ciudades autónomas) y 59 para el Senado (las 47 provincias peninsulares, las dos ciudades autónomas y las diez mayores islas).

Para ello, al apuntarse en el CERA se rellena un formulario en el que hay que marcar cuál fue el municipio de la última residencia en España, si es que se tuvo, o bien cuál es el municipio de mayor arraigo propio o de mayor arraigo de los ascendientes, aunque pueden alegarse en un casillero otros motivos para elegirlo. 

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión