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La Fiscalía pide 11 años y medio para el dueño de Magrudis y uno de sus hijos por la carne contaminada de listeria

Solicitan diez años para el resto de los acusados. Hubo cuatro fallecidos y 235 afectados de diversa consideración

Cultivo de listeria en una placa de Petri, en el Laboratorio de Listeriosis del Centro Nacional de Microbiología.
Cultivo de listeria en una placa de Petri, en el Laboratorio de Listeriosis del Centro Nacional de Microbiología.
EFE/Chema Moya

La Fiscalía ha elevado ya al Juzgado de Instrucción número 19 de Sevilla, su escrito de acusación en la causa que investiga el brote de listeriosis surgido en 2019 por la carne mechada distribuida por la empresa Magrudis pese a estar contaminada con dicha bacteria; reclamando 11 años y medio de cárcel para José Antonio Marín Ponce y su hijo Sandro José Marín Rodríguez y diez años para su otro hijo Mario Marín Rodríguez y para Encarnación Rodríguez Jiménez, esposa de Sandro José.

El escrito de acusación del Ministerio Público consta de 75 páginas y en su resumen dicha instancia solicita la apertura de juicio oral ante la Audiencia de Sevilla contra José Antonio Marín Ponce, administrador de hecho de Magrudis, su hijo Sandro José Marín Rodríguez como administrador único de la entidad, su otro hijo Mario Marín Rodríguez, Encarnación Rodríguez Jiménez, esposa de Sandro José, y el arquitecto Sergio L.G., contratado por la empresa en cuestión y autor de la declaración responsable de la misma.

De este modo, la Fiscalía no presenta acusación contra la veterinaria del Ayuntamiento de Sevilla María José O.B., quien sí figura como acusada en el auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado dictado por el Juzgado de Instrucción número 19. Tampoco presenta cargos contra David M.M., economista y asesor financiero de Magrudis y también procesado en las actuaciones.

La Fiscalía detecta respecto a los hechos un delito continuado contra la salud pública, en concurso con cuatro delitos de homicidio por imprudencia grave, siete delitos de lesiones al feto por imprudencia grave, 235 delitos de lesiones por imprudencia grave, un delito de defraudación de fluido eléctrico y un último delito de falsedad en documento oficial.

El Ayuntamiento de Sevilla ha formalizado este viernes ante la Fiscalía la denuncia contra Magrudis, el fabricante de la carne contaminada con listeria, y ha precintado la fábrica de esta empresa en el Polígono El Pino. Los dueños están acusados de haber ocultado información a los inspectores municipales durante la alerta sanitaria.

Por el primer delito, reclama para cada uno de los acusados José Antonio Marín Ponce, su hijo Sandro José Marín Rodríguez, su otro hijo Mario Marín Rodríguez y Encarnación Rodríguez Jiménez, cuatro años de cárcel; reclamando para cada uno de los mismos otros seis años más por el delito de homicidio por imprudencia grave, multas por el delito de defraudación del fluido eléctrico para todos los acusados salvo para el arquitecto y un año y medio más de prisión y multas para José Antonio Marín Ponce, su hijo Sandro José Marín Rodríguez y esta vez sí para el arquitecto Sergio L.G., por el delito de falsedad documental.

En materia de responsabilidad civil, solicita que todos los acusados, salvo el arquitecto, indemnicen conjuntamente con 141.040 euros al Ayuntamiento de Sevilla y con 800.000 euros a la Junta de Andalucía por los gastos generados a ambas administraciones; respondiendo la aseguradora AXA "con carácter directo" como entidad aseguradora de Magrudis, una entidad que ya ha consignado 300.000 euros ante el juzgado instructor en favor de las víctimas y afectados.

También habrán de indemnizar todos ellos salvo el arquitecto con 5.861 euros a Endesa y habrán de compensar económicamente por los cuatro fallecimientos, los abortos y las "lesiones y secuelas" del resto de afectados, con AXA de nuevo como responsable "directa" de responder y el Ayuntamiento hispalense como responsable civil subsidiario, dado su papel en el asunto.

En su escrito de acusación, la Fiscalía determina que José Antonio Marín Ponce, su hijo Sandro José Marín Rodríguez, su otro hijo Mario Marín Rodríguez y Encarnación Rodríguez Jiménez, desde la gestión de las empresas Magrudis y Cárnicos Mario, "conocían que realizaban un proceso de elaboración" de alimentos "con deficiencias sanitarias y riesgo grave o muy grave para los posibles consumidores en caso de comercialización", señalando el caso de un lote de productos etiquetado el 20 de diciembre de 2018 que "dio positivo en listeria" el 22 de febrero de 2019 y que Sandro José Marín Rodríguez "había llevado a analizar como consecuencia de una intoxicación en Huelva".

No consta que estos acusados, según la Fiscalía, "retiraran el lote del mercado, al no haberlo hecho según contempla la normativa y hacer su entrega a un gestor autorizado, manteniendo de esta forma la ocultación". Los encartados, así, "no pusieron los hechos en conocimiento de las autoridades sanitarias, ni Ayuntamiento de Sevilla, ni Junta de Andalucía, desprendiéndose que lo ocultaron de forma deliberada", según el Ministerio Público.

Y es que tanto en las instalaciones que comparten Magrudis y Cárnicos Mario, "como en diversos productos elaborados en estas (carne mechada casera, carne mechada entera, chicharrón andaluz, crema de carne mechada, lomo al pimentón y lomo al jerez), ha sido detectada la bacteria listeria monocytogenes", siendo intervenidas en dicha industria alimentaria productos listos "para su entrada en el circuito comercial, habiéndose detectado" en los mismos la presencia de listeria monocytogenes.

La Fiscalía señala además que en las instalaciones de Magrudis fue detectada "una doble acometida" a la red eléctrica, o sea una "derivación ilegal", así como "una conexión directa con el contador, sin que existiera un contrato en vigor".

En cuanto a la acusada María José O.B., la Fiscalía indica que "la comprobación, por parte de la veterinaria oficial, de que la empresa tenía contratado un sistema de autocontrol, permitía suponer que se estaban realizando todos los controles periódicos, (...) lo que evidentemente, no ocurrió".

"La actuación del Servicio de Inspección Veterinaria del Ayuntamiento fue sin duda, deficiente, ya que no se llevó acabo la frecuencia de las inspecciones conforme a la normativa vigente, y si bien ello implica un incumplimiento de las funciones de garantía y supervisión, ello deriva, en gran parte, de la falta de medios del propio Servicio de Inspección y la sobrecarga de trabajo, por la escasa dotación de personal a la vista de la existencia de solo nueve veterinarios oficiales para todo el Distrito de Sevilla", avisa la Fiscalía, que considera que la veterinaria municipal encausada no incurrió en una "imprudencia grave" de relevancia penal.

En cuanto al arquitecto contratado por Magrudis, la Fiscalía determina que la declaración responsable que presentó ante el Ayuntamiento hispalense sobre las instalaciones y el funcionamiento de Magrudis incurría en toda una serie de "incumplimientos" que "afectarían directa o indirectamente a las condiciones de autorización, y en principio de correcto funcionamiento y salubridad de la instalación industrial en la elaboración de productos cárnicos".

Más al detalle, este acusado "acomodó el contenido de parte del proyecto ante el Ayuntamiento de Sevilla, a la situación más favorable de cara a la legalización del funcionamiento de Magrudis, a través de la declaración responsable, cuando era conocedor de que no procedía, con el conocimiento y consentimiento" de José Antonio Marín Ponce y su hijo Sandro José Marín Rodríguez.

También en este aspecto, la Fiscalía señala "la falta de control efectivo del Ayuntamiento de Sevilla, que recibe la declaración responsable y la asume como de su competencia, dado que no existe constancia de que diera traslado de la documentación a ningún otro organismo o administración".

De todo ello deriva "la responsabilidad civil del Ayuntamiento de Sevilla, que deberá asumir las consecuencias de su inacción, acción deficiente y acción tardía, por cuanto supone de funcionamiento anormal de un servicio público y la trascendencia en el resultado producido".

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