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La Abogacía asegura que "en modo alguno" procede anular la sentencia del 'procés'

La nulidad del proceso es precisamente una de las peticiones que ha hecho la defensa del exvicepresidente catalán al Supremo en su escrito de alegaciones.

Oriol Junqueras, en una imagen de archivo
Oriol Junqueras, en una imagen de archivo
Reuters

La Abogacía del Estado destaca que la sentencia del 'procés' del Tribunal Supremo es "plenamente válida", por lo que "en modo alguno" procede su anulación a raíz del pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la UE que determinó que Oriol Junqueras debió ser reconocido como eurodiputado.

En su escrito remitido al Supremo, los servicios jurídicos del Estado consideran que la inmunidad de la que debió haber gozado Junqueras entre el 13 de junio -fecha en que fue proclamado eurodiputado electo- y el 14 de octubre -fecha de la sentencia del 'procés'- no implicaba la necesidad de suspender el procedimiento penal ni que se dictara sentencia.

La nulidad del proceso es precisamente una de las peticiones que ha hecho la defensa del exvicepresidente catalán al Supremo en su escrito de alegaciones.

Pero la Abogacía del Estado explica que, tal y como ha sentenciado el TJUE, la inmunidad adquirida el 13 de junio cuando Junqueras es declarado eurodiputado electo "no contempla de manera expresa la paralización o suspensión de la causa principal".

"En suma, la sentencia del 14 de octubre de 2019 se ha dictado con estricta observancia de las normas esenciales del procedimiento penal y en nada ha impedido u obstaculizado la inmunidad declarada por la sentencia del TJUE".

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