Consumo 

Huelga de Renfe: ¿qué derechos tengo por la cancelación o el retraso de mi tren?

La Organización de Consumidores y Usuarios recomienda conservar los tiques o facturas de los gastos que los viajeros afectados se vean obligados a efectuar por estos motivos.  

Primera jornada de la huelga de Renfe en la Estación Delicias de Zaragoza, donde se han cancelado cuatro trenes y al menos dos van con retraso.
Imagen de la primera jornada de la huelga de Renfe en la Estación Delicias de Zaragoza.
Daniel Marzo

Cerca de 400 trabajadores que la secundaron y 320 trenes cancelados. Esas son las cifras con las que Renfe saldó su jornada de huelga del pasado lunes, 15 de julio. En Zaragoza, el número de anulaciones se situó en 10 y esta convocatoria provocó algunas demoras en varios cercanías y filas en las taquillas de la estación de la capital aragonesa. Mientras la empresa se plantea llevar a los tribunales la huelga de CC.OO. por considerarla "injustificada", la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda los derechos que tienen los viajeros afectados ante estas circunstancias, más aún cuando hay paros programados para los días 31 de julio, 14 y 30 de agosto y 1 de septiembre. Además, recomienda conservar los tiques o facturas de los gastos ocasionados por los retrasos o cancelaciones. 

Los derechos del usuario ante un tren cancelado 

Reembolso 

El Reglamento del sector ferroviario establece que, en caso de cancelación, el viajero tendrá derecho a que se le devuelva el precio pagado por el servicio. Desde la OCU aseguran que, además, si el usuario es informado de la anulación del viaje len las cuatro horas previas a su inicio tendrá derecho a indemnización por el doble del importe del título de transporte. 

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Alternativa

Si la cancelación se produce en las cuarenta y ocho horas previas al inicio del viaje, la normativa establece que la empresa ferroviaria debe garantizar que el viajero llegue a su destino con otro medio de transporte. 

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¿Qué ocurre en caso de retraso?

Cuando el tren llegue con demora al destino, el viajero será compensando siempre y cuando este retraso sobrepase ciertos límites. Según el tipo de tren y los tiempos de referencia de sus compromisos de puntualidad, el usuario recibirá un tipo de compensación (económica o bonificación) distinta para cada caso. 

¿Hay indemnizaciones? 

Desde la Unión de Consumidores y Usuarios señalan que, en un principio, no hay indemnizaciones previstas. "El Reglamento establece expresamente que el transportista quedará exento de responsabilidad por los retrasos o cancelación producidos por fuerza mayor, aunque a nuestro juicio una huelga como esta no pueda ser considerada circunstancias excepcionales, pues su gestación es de dominio público", detallan en el comunicado de la OCU. 

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