violencia de género

Condenado a 6 años y 11 meses de prisión por violar a su expareja en dos ocasiones en su domicilio

El agresor tenía cinco condenas previas por violencia de género y tenía prohibido acercarse a la víctima.

El agente de la Ertzaintza fue ingresado con varios pinchazos de arma banca que le causaron heridas de pronóstico reservado.
La mujer consiguió escapar y pedir ayuda de tal forma que agentes de la Ertzaintza detuvieron al agresor.
Wikimedia Commons

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a un varón, que contaba con cinco condenas previas relacionadas con la violencia de género, a seis años y 11 meses de prisión por violar a su expareja en dos ocasiones en su domicilio de Ermua y como autor responsable del delito de quebrantamiento de condena.

En la sentencia, dada a conocer este viernes, se le impone al varón una pena de seis años de cárcel como responsable de un delito continuado contra la libertad sexual de su expareja, así como a la medida de libertad vigilada por ocho años. Asimismo, se le impone la pena accesoria de prohibición de acercarse a la mujer durante ocho años a menos de 500 metros y a la pena de once meses de prisión como autor responsable del delito de quebrantamiento de condena. Contra la sentencia puede interponerse recurso de apelación.

En la resolución, queda probado que el individuo, con condenas previas que le impedían aproximarse a la que había sido su pareja hasta 2016, acudió el 13 de marzo de 2018 al domicilio de la mujer, en el municipio vizcaíno de Ermua, donde le insultó y mostró un cable que estiraba mientras que le decía que "la mataría con él". Posteriormente, tiró a la mujer al suelo y la violó.

Dos días después de los hechos, el individuo se volvió a presentar en el domicilio de su expareja donde le recriminó haberle denunciado, la llevó al cuarto y volvió a violarla, en este caso vaginal y analmente.

Finalmente, la mujer consiguió escapar y pedir ayuda de tal forma que agentes de la Ertzaintza detuvieron al agresor en estado de desnudez dentro del domicilio de su expareja.

El condenado, que estaba en prisión provisional desde el pasado año y que ha asumido los hechos, presentaba, según recoge la resolución, a la fecha de los hechos un trastorno por consumo de alcohol, de grado moderado, así como rasgos disfuncionales de personalidad que afectaban a sus facultades intelectivas y volitivas, por lo que se le recomienda un tratamiento psiquiátrico ambulatorio, terapia de deshabituación y psicoterapia de rasgos disfuncionales. Asimismo, se constata que ha recibido un curso de educación sexual dentro de la prisión. 

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