¿Qué es el delito de rebelión?

Este delito está penado con penas de cárcel de hasta 30 años e inhabilitación absoluta.

Sesión histórica en el Parlament para votar la declaración de independencia
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Agencias

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha procesado este viernes por el delito de rebelión a 13 personas por su participación en el denominado "procés" para la independencia de Cataluña, incluidos Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Jordi Turull y Marta Rovira. Sin embargo, la 'número dos' de ERC no ha acudido al Supremo ya que ha huido de España. ¿Qué supone el delito de rebelión?, ¿a qué penas se enfrentarán los procesados?

El único precedente de un delito de rebelión que se conoce en España fue la sentencia que se dictó contra el exteniente coronel Antonio Tejero, condenado a 30 años de prisión por rebelión militar, por tomar el Congreso de los Diputados el 23 de febrero de 1981.

Según el artículo 472 del Código Penal, el delito de rebelión se reserva a aquellos que se alcen "violenta y públicamente" para, entre otros motivos, “derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución” o “declarar la independencia de una parte del territorio nacional”.

Entre los otros fines que contempla el Código Penal también se encuentran destituir o despojar de facultades al Rey; impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos o sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno, entre otros. Además de "sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma", así como "usar o ejercer por sí o despojar" a estas instituciones de sus facultades, "o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad".

En cuanto a las penas, el Código Penal en el artículo 473 establece para los jefes de la rebelión, es decir, para aquellas personas que hayan "promovido" y "sostengan" la rebelión, penas de entre 15 y 25 años de prisión. Para los que ejerzan un mando subalterno de 10 a 15 años y para los meros participantes de cinco a diez años.

Estas personas condenadas también serán inhabilitadas de manera absoluta, salvo los "meros participantes" que se enfrentarán a una "inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a diez años".

En caso de que el alzamiento fuera armado o si hubiera "combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas”, las penas se elevarían hasta los 30 años de prisión. 

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