El TC avala que el Ministerio de Educación regule las evaluaciones finales de la ESO y Bachillerato

El organismo reconoce que este punto de la Lomce se ha suspendido "hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social".

Sede del Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la ley del Referéndum

El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado la competencia del Ministerio de Educación para regular las pruebas de evaluación finales de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato, unas pruebas que ahora no son necesarias para lograr el título correspondiente hasta que se logre un Pacto Educativo.

El alto tribunal recuerda en su fallo, en el que anula el modelo de la Lomce para garantizar la enseñanza en castellano, que es conforme a la Constitución que Educación se atribuya la competencia de las pruebas finales de ESO y Bachillerato, cuya superación es necesaria para la obtención de los títulos académicos.

Se trata de la competencia de Educación para regular las "condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales", han recordado los magistrados.

No obstante, también reconocen que este punto de la Lomce -norma recurrida por los gobiernos andaluz, vasco, canario, asturiano y catalán, por el PSOE y el Parlament de Cataluña- se ha suspendido "hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social y Político por la Educación".

Asimismo, el TC ha avalado otra de las partes impugnadas de la Lomce, la referida a la nueva configuración de la estructura de las asignaturas, ha informado el TC en una nota de prensa.

Según los recurrentes, el diseño contenido en la ley estatal limita la capacidad de las comunidades de complementar los contenidos básicos, pues ahora es compartida con los centros docentes.

El tribunal recuerda que corresponde al Estado fijar las llamadas "enseñanzas mínimas", que la Lomce denomina "aspectos básicos del currículo".

Tanto antes como después de la entrada en vigor de la Lomce, las administraciones autonómicas pueden completar ese currículo básico con "enseñanzas específicas que respondan a su particularidad dentro del Estado autonómico".

Por último, la resolución declara constitucional que el Estado pueda establecer mediante reglamento los criterios de admisión a los ciclos de grado medio y superior de Formación Profesional (FP) cuando el número de plazas ofertadas sea inferior a la demanda.

El objetivo es evitar criterios arbitrarios de admisión y es "constitucionalmente admisible la colaboración reglamentaria", añaden los magistrados.

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