Multan a un dependiente por sobar los pechos a una clienta y hacer comentarios obscenos

La Audiencia de Las Palmas de Gran Canaria considera probado que el empleado, "fingiendo ayudar a la víctima, aprovechó para introducir su mano y le tocó claramente el pecho" y se metió con su tamaño. Según la mujer, le dijo: "Vaya tetorras tienes".

El suceso ocurrió en una tienda de ropa en la capital de Fuerteventura,  Puerto del Rosario.
El suceso ocurrió en una tienda de ropa en la capital de Fuerteventura, Puerto del Rosario.
Efe

Sucedió el pasado mes de junio en la capital de Fuerteventura. Una madre acudió a un centro comercial Las Rotondas de Puerto del Rosario con su hijo de dos años. Entró en una tienda de ropa, Springfield, donde se puso unos vaqueros en el probador. Entonces un dependiente se le acercó a ofrecerle probarse unos vestidos y, con la excusa de ayudarle a subirse la cremallera, le metió la mano por el escote y le tocó un pecho.

Acto seguido, la mujer abandonó rápidamente el comercio, y mientras salía el empleado le dijo: "Te costará encontrar sujetador, porque vaya tetorras que tienes que no me entran ni en la mano". 

Todos estos hechos son verídicos, puesto que la sección primera de la Audiencia de Las Palmas considera probado el relato de la cliente, que según salió de la tienda acudió a poner la correspondiente denuncia por lo sucedido.

Este 8 de enero, según ha adelantado 'Canarias Ahora', se publicó la sentencia en la que aunque la sala aprecia un claro abuso sexual, aunque el órgano provincial solo ha podido ratificar la condena al acusado por un delito leve de coacciones, tal como dictó la jueza del Juzgado de lo Penal Número 2 de Puerto del Rosario, Alicia María Buendía. El motivo es que solo recurrió el condenado, pero no la acusación particular o la Fiscalía, que pedían una multa de 20 meses con una cuota diaria de diez euros, es decir, unos 6.000 euros por un delito de abusos sexuales. La magistrada lo redujo finalmente a dos meses de multa con una cuota diaria de seis euros por coacciones. Es decir, unos 360 euros.

La Audiencia insiste a lo largo del texto en que se trata de una clara situación de abuso sexual porque "se produce un aprovechamiento de una determinada circunstancia por parte del acusado, que en su condición de vendedor tenía acceso al probador en el que se encontraba la víctima, cuyas posibilidades de movimiento estaban limitadas por ir acompañada de su bebé dormido". 

Y añade  que el acusado "fingiendo ayudar a la víctima a ajustarse el vestido, aprovechó para introducir su mano por dentro del mismo y le tocó claramente el pecho realizando después comentarios obscenos sobre su tamaño". Requisitos que a juicio del órgano provincial colman de sobra lo estipulado en el artículo 181 del Código Penal.

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