​Los padres de Marta del Castillo recurrirán el archivo de la nueva causa contra Carcaño

Instan a que el juez cite a declarar como testigos a seis policías que participaron en la investigación.

La Policía busca el cuerpo en una escombrera
​Los padres de Marta del Castillo recurrirán el archivo de la nueva causa contra Carcaño
Efe

Los padres de Marta del Castillo han decidido recurrir el auto por el que el juez de Instrucción número 4 de Sevilla acordó archivar la causa abierta contra Miguel Carcaño por un nuevo delito contra la integridad moral derivado del daño causado a la familia con su penúltima versión de los hechos, cuando dijo que fue su hermano, Francisco Javier Delgado, quien la mató tras golpearla con la culata de una pistola y que, posteriormente, la enterraron en la finca 'Majaloba' de La Rinconada.


En este sentido, la abogada que ejerce la acusación particular en nombre de la familia de Marta, Inmaculada Torres, ha informado de que ya han tomado la decisión de recurrir el auto dictado por el juez Francisco de Asís Molina, y ahora se encuentran estudiando si lo recurrirán directamente en reforma ante el propio Juzgado o en apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla.


Los padres de Marta, dentro de la nueva causa abierta contra Miguel, solicitaron al juez la práctica de nuevas diligencias, entre ellas que citara a declarar como testigos a seis policías que han participado en la investigación del caso y a quienes Carcaño habría revelado su nueva versión de los hechos, lo que fue rechazado por el magistrado al entender que ninguna de dichas diligencias, "fuera cual fuese su resultado, tendría la virtualidad de afectar" a los razonamientos expuestos en el auto de archivo.


Cabe recordar que el juez abrió diligencias contra Carcaño y le tomó declaración como imputado en julio de 2014 después de que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial confirmara el archivo de la causa contra el hermano de Miguel en un auto en el que acordó deducir testimonio contra Carcaño por un nuevo delito contra la integridad moral, ya que "no debe caer en saco roto este nuevo intento de distracción y ocultamiento de la realidad", en relación a su penúltima versión de los hechos.


En un auto, el juez, que mantiene abierta una pieza separada sobre la búsqueda del cuerpo, considera que "no resulta debidamente justificada la perpetración del delito" atribuido a Miguel Carcaño y acuerda el sobreseimiento provisional de la causa, "sin perjuicio de una futura reapertura si acontecimientos nuevos lo justificaran".


El juez pone de manifiesto que el tipo delictivo "exige como elementos objetivos infligir un trato degradante a otra persona con resultado de menoscabo grave de su integridad moral, y como elemento subjetivo el dolo que implica conocer y querer efectuar dicho trato con la consecuencia mencionada".


En este sentido, recuerda que el Tribunal Supremo elevó la condena de Carcaño a un año y tres meses de prisión por un delito contra la integridad moral "porque a lo largo de la fase de instrucción cambió reiterada y deliberadamente de versión sobre el destino del cuerpo en un escenario absolutamente distinto al que hoy nos trae".


Así, "fue la conjunta valoración de todas las versiones la que permitió alcanzar una conclusión certera en el ámbito de la antijuricidad y de la culpabilidad", pero "dado que tal conducta ya fue penada, sólo podemos valorar ahora, como comportamiento aislado, si la nueva declaración prestada integra, por sí sola, un nuevo delito".


En este caso, "no se aprecia que Miguel Carcaño, con su nueva declaración, haya infligido a los familiares directos de la víctima, o haya procurado hacerlo, un trato degradante tal y como lo define la doctrina para integrar el injusto típico, esto es, aquél que, con independencia del medio utilizado, conlleva padecimientos físicos o psíquicos y produce en todo caso un sentimiento de humillación o sensación de envilecimiento ante los demás o ante sí mismo".


El juez recuerda que, en el auto donde archivó la causa contra el hermano de Miguel, ya señaló que "la declaración de Miguel, ya penado, carecía de encaje procesal y fue resultado de cuantas entrevistas consideró necesarias la Policía para tratar de determinar el paradero del cuerpo de la menor".


Así, "y en respuesta a las demandas policiales de colaboración, manifestó que no conocía y no podía señalar, ni siquiera por aproximación, el paradero del cuerpo, limitándose a decir que lo sepultaron en terrenos situados en el margen izquierdo según el sentido de marcha desde Sevilla a La Rinconada".


Tras ello, y en su declaración como imputado en esta nueva causa, el 1 de julio de 2014, "volvió a reiterar que 'no es cierto que hiciera esta declaración --la de 29 de abril de 2013-- para causar impacto en los medios de comunicación sabiendo que con ello causaba un daño a los familiares de Marta'" y que 'siempre fue su intención que se encontrara el cuerpo'.


En segundo lugar, "y ello resulta determinante" para el archivo de la causa, el juez añade que "no se puede afirmar que Miguel esté mintiendo pues no se sabe ni se puede saber, por el momento, si dice o no la verdad porque nunca precisó un lugar concreto y no se puede saber si el cuerpo está o no en terrenos que separan la ciudad de Sevilla de La Rinconada, de manera que es rechazable sostener una imputación con tan escurridizas bases que quedaría desacreditada si en algún momento apareciera el cuerpo en tan extensos parajes".